AMPLIA PLAZOS SEÑALADOS EN RESOLUCION Nº 415, DE 1996
(Resolución)
Núm. 496 exenta.- Santiago, 19 de junio de 1997.- Visto: Lo dispuesto en el punto 2.5.7 de las Bases de licitación, modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas a las Bases en los denominados procesos de licitación de vías Periféricas, Periférica Complementaria, Céntrica II, Céntrica III, 1995, 1995 II aprobadas por resoluciones Nºs 65/93, 5/94, 6/94, 69/94, 4/94, 72/94, 74/94, 73/94, 72/95, 4/96, 5/96, 77/95, 1/96, 2/96 y 3/96, respectivamente, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y lo dispuesto por Resolución exenta Nº 415/96 de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
1.- Que las entidades encargadas de impartir los cursos de capacitación para los choferes de la locomoción colectiva urbana de que dan cuenta las resoluciones citadas en el visto, han solicitado a esta Secretaría Regional Ministerial se amplíe el plazo del primer período de capacitación obligatorio del personal de conducción de vehículos de transporte público, urbano y remunerado de pasajeros en vías céntricas concesionadas de la ciudad de Santiago, hasta el día 30 de septiembre de 1997, dada la alta demanda por la realización de los mismos, por parte de las empresas encargadas de la gestión de los servicios licitados.
2.- Que a la luz de los antecedentes, y a fin de conseguir el objetivo que se tuvo en vista al establecer la obligatoriedad de la capacitación del personal de conducción de vehículos de transporte público, urbano y remunerado de pasajeros, en vías de la ciudad de Santiago, resulta conveniente acceder a la ampliación de los plazos de que da cuenta el considerando primero.
R e s u e l v o:
1º.- Amplíase el plazo señalado en el resuelvo 1 deRES 2006 EXENTA
TRANSPORTES
SEREMI REG. METROP.
N°1 y 2
D.O.20.12.1997 la Resolución Nº 415 de fecha 12 de junio de 1996, publicada en el Diario Oficial de 17 de junio del mismo año, que fija el primer período de capacitación obligatorio del personal de conducción de vehículos que presten servicios de transporte público, urbano, remunerado de pasajeros, mediante buses, en vías concesionadas de la ciudad de Santiago hasta el día 30 de septiembre de 1997.
TRANSPORTES
SEREMI REG. METROP.
N°1 y 2
D.O.20.12.1997 la Resolución Nº 415 de fecha 12 de junio de 1996, publicada en el Diario Oficial de 17 de junio del mismo año, que fija el primer período de capacitación obligatorio del personal de conducción de vehículos que presten servicios de transporte público, urbano, remunerado de pasajeros, mediante buses, en vías concesionadas de la ciudad de Santiago hasta el día 30 de septiembre de 1997.
2º.- Asimismo se amplía el plazo establecido en los resuelvos tercero y quinto de la misma resolución hasta el 31 de octubre de 1997.
NOTA:
La Resolucuión N°2006 exenta, de 1997, amplia los plazos establecidos en los numeros 1 y 2 de esta norma, al 28 de febrero y 31 de marzo de 1998 respectivamente.
La Resolucuión N°2006 exenta, de 1997, amplia los plazos establecidos en los numeros 1 y 2 de esta norma, al 28 de febrero y 31 de marzo de 1998 respectivamente.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Antonio Dourthe Castrillón, Secretario Regional Ministerial Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.