Por Decreto M.O.P. Nº 488, de 23 de mayo de 1997, y en base a la facultad otorgada por el artículo 105 de Decreto MOP. Nº 294, de 1984, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840, se expropiaron los lotes de terreno Nºs. 1, 2 y 3, para la obra Planta Reelevadora Estanque Captación e Impulsión Cruce Empedrado, que figuran a nombre de Celulosa Constitución S.A., Juana Arrollo Albornoz e I. Municipalidad Constitución, roles de avalúos Nºs. 424-46, 441-4 y 433-8, Comuna de Constitución, VII Región, superficies 1.878, 250,64 y 240 m2., respectivamente. La Comisión de Peritos compuesta por los señores Luis Hugo Villarroel Urbina, Iván Correa Opazo y René Ramírez Valenzuela, fijó con fecha 17 de abril de 1996, el valor provisional de la indemnización en las cantidades de $939.000, para el lote 1; $250.640, para el lote 2 y $480.000, para el lote 3. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2.186, de 1978.-
    Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.