DECLARA EN SITUACION IRREGULAR EL LOTEO DENOMINADO "COMUNIDAD ANGAMOS", DE LA COMUNA DE VIÑA DEL MAR Santiago, 29 de Enero de 1993.- Hoy se decretó lo siguiente:
Núm. 10.- Visto: La Ley N° 16.741 y sus modificaciones; el Oficio N° 07105, de 30 de Diciembre de 1991, del Servicio de Vivienda y Urbanización V Región; el Oficio Ordinario N° 4-140, de 24 de Enero de 1992, del Intendente de la V Región de Valparaíso; y, los antecedentes que se acompañan,
Decreto:
1° Declárase en situación irregular la Población "Comunidad Angamos", de la comuna de Viña del Mar, ubicada en las parcelas 25, 26 y 27 de la Manzana "A", del Sector Santa Julia, Reñaca Alto, cuyo loteo fue efectuado por Víctor Manuel Muñoz Vera y por la Sociedad Inmobiliaria Villamar Limitada, representada por la misma persona antes nombrada, en terrenos de su dominio, declaración que se formula por la causal contemplada en el número 1° del artículo 2° de la ley N° 16.741.
2° El dominio de los terrenos en que se encuentra la población que se declara en situación irregular rola inscrito de la siguiente forma:
a) Parcela 25:inscrita a fs. 1776 vuelta N° 2480 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 1986. Reinscrita a fs. 6084 vuelta N° 6728 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente al año 1990.
b) Parcela 26:inscrita a fs. 1384 vuelta N° 1928 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 1986. Reinscrita a fs. 6085 vuelta N° 6729 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al año 1990.
c) Parcela 27:inscrita a fs. 1385 vuelta N° 1929 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 1986. Reinscrita a fs. 6083 vuelta N° 6727 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al año 1990.
Atendido lo dispuesto en el artículo 3° de la ley N° 16.741, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.
Anótese, tómese razón y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Alberto Etchegaray Aubry, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Joan Mac Donald M., Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.