FIJA TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES
Santiago, 20 de junio de 1997.- Con esta fecha se ha dictado lo siguiente:
Núm. 23 exento.- Visto:
a) Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1 y 2 de la Ley Nº 17.798, agregado por el Artículo 1 del Decreto Ley Nº 2.553 de 1978;
b) Lo dispuesto en el Nº 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile;
c) La Resolución Nº 55 de 24.Ene.992, de la Contraloría General de la República;
d) D/S. Nº 654 de 17.May.994, Artículo Primero Nº 53, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por Orden del Presidente de la República", y e) Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.
D e c r e t o:
1. Fíjase para regir en el Segundo Semestre de 1997, las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:
Item Solicitud Tasa
I. SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON ARMAS Y
MUNICIONES
01* Solicitud para construir, legalizar, ampliar,
modificar, inscribir o renovar inscripción de
fábrica o armaduría (incluyendo industria,
plantas independientes y polígonos de tiro, para
comerciantes, importadores y reparadores
de armas) $ 23.900.-
02* Solicitud para inscribirse o renovar inscripción
anual en los registros nacionales de:
a) Importador de armas, municiones, sus
componentes y elementos similares (cada rubro) $ 23.900.-
b) Importador de material bélico $ 23.900.-
c) Exportador de armas, municiones, sus
componentes y elementos similares (cada rubro) $ 23.900.-
d) Exportador de material bélico $ 23.900.-
e) Comerciantes en armas, municiones, sus
componentes y elementos similares (cada rubro) $ 23.900.-
f) Comerciante en material bélico $ 23.900.-
03* Solicitud para inscribirse o renovar inscripción anual en
el registro nacional como "Consumidor Habitual" de:
a) Municiones (sólo para Clubes de Tiro y Caza
afiliados a la respectiva federación) $ 11.750.-
b) Cartuchos Industriales $ 11.750.-
c) Elementos Pirotécnicos de señales y
seguridad para salvataje. $ 11.750.-
04* Solicitud para inscribirse en el Registro
Nacional de Deportista $ 11.750.-
05* Solicitud para inscribirse en el Registro
Nacional de Coleccionista $ 23.050.-
06 Solicitud para inscribirse o renovar inscripción
en el Registro Nacional de Reparadores de
Armas. (Anual) $ 11.750.-
07 Solicitud de inscripción:
a) Un arma de fuego (Incluye armas de
colección y aquellas inutilizadas), una
máquina lanzadora, de disparo o elementos
similares a un arma de fuego. $ 4.950.-
b) Una máquina recargadora de cartuchos de caza $ 23.900.-
08 Solicitud para portar armas de fuego:
a) Un arma de puño para defensa personal $ 18.700.-
b) Un arma de caza o deporte $ 6.250.-
c) Un arma para protección y seguridad $ 11.750.-
09 Solicitud para adquirir elementos sometidos a
control (comerciantes inscritos). $ 23.900.-
10 Solicitud para adquirir un arma de fuego
(particulares). $ 11.750.-
11 Solicitud para adquirir:
a) Cartuchos para escopetas (por personas sin
permiso para portar armas de caza o deporte)
Máximo 3.000 cartuchos por cada solicitud
para adquirir. $ 2.450.-
b) Cartuchos calibre 22 (por personas sin permiso
para portar arma de deporte). Máximo 200
cartuchos por cada solicitud para adquirir. $ 2.450.-
c) Cartuchos para armas de otros calibres
máximo 100 cartuchos por persona por cada
solicitud para adquirir $ 2.450.-
d) Cartuchos para Clubes de Tiro y/o caza
afiliados a una Federación e inscritos como
consumidores habituales de munición (según
almacenamiento autorizado por resolución de
la Dirección General)
- Para escopetas $ 11.750.-
- Para armas calibre 22 y otros $ 11.750.-
12 Solicitud para adquirir cartuchos industriales,
luces de señales, bengalas de mano, bombas de
humo, cohetes con paracaídas, boyas humo-luz,
lanzacabos y electroshock y cualquier otro
elemento de características similares. $ 1.125.-
13 Solicitud para adquirir un arma o una máquina
recargadora de cartuchos de caza ya inscrita
(transferencia), cada una $ 11.750.-
14 Solicitud para adquirir una máquina recargadora
de cartuchos de caza $ 23.050.-
15 Solicitud para adquirir repuestos mayores para
armas y elementos para cargar cartuchos de caza $ 4.950.-
16 Solicitud para adquirir un arma para Servicio
de Vigilantes Privados autorizado por Decreto
del Ministerio del Interior. $ 11.750.-
17 Solicitud para adquirir cartuchos para armas de
Servicio de Vigilantes Privados autorizados
(hasta o cada 100 cartuchos). $ 2.450.-
18 Solicitud para modificar el diseño o
características de envase de un producto inscrito
u otra modificación menor de sus especificaciones
o normas. $ 7.450.-
19 Solicitud de personas jurídicas para tenencia
e inscripción de más de 2 (dos) armas de fuego $ 23.900.-
20 Solicitud de personas jurídicas para entregar
armas en comodato $ 11.750.-
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletines Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile.- Por Orden del Presidente de la República, Edmundo Pérez Yoma, Ministro de Defensa Nacional.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.- Mario Fernández Baeza, Subsecretario de Guerra.