Artículo 40º- Derógase el DFL. Nº 258, de 4 de Abril de 1960, que fija normas sobre inversiones de capitales extranjeros en Chile y toda otra disposición legal relativa a procedimientos de ingreso de inversiones extranjeras como aporte al capital de una empresa.
Las citas al DFL Nº 258 o a sus disposiciones contenidas en la legislación vigente se entenderán hechas al presente Estatuto o a las disposiciones pertinentes de éste.