APRUEBA ORDENANZA DE ASIGNACION Y OPERACION DE ESTACIONAMIENTOS RESERVADOS PARA TAXIS

    Núm. 1.586.- Las Condes, 23 de julio de 1997.- Vistos y Teniendo Presente: El interés de mejorar el nivel del servicio de taxis a los usuarios; lo dispuesto en los artículos 3º, 4º y 164º de la Ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, y 3º del D.S. Nº 83 de Transportes de 1985; los Dictámenes Nº 21.184/86, 30.049/95, 25.950/95  y 13.975/95 de Contraloría General de la República; los Acuerdos Nº 39 y Nº 51 de la 222ª y 227ª Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal de fechas 10 de Junio y 15 de Julio ambas de 1997; lo dispuesto en los artículos 3º letra a), 4º letra h), 5º letra d), 10, 58, letra j) y 69 letra b) del D.S. Nº 662/1992 del Ministerio del Interior que fija el texto refundido de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 49 y 56 del citado cuerpo legal,

    D e c r e t o:

    Apruébase la siguiente "ORDENANZA DE ASIGNACION Y OPERACION DE ESTACIONAMIENTOS RESERVADOS PARA TAXIS":



I. GENERALIDADES

Del estacionamiento de taxis en la vía pública

    Los conductores de taxis que circulan en la comuna no podrán estacionar en espera de conseguir pasajeros en la vía pública y en zonas de estacionamientos públicos, sino solamente en aquellos paraderos de uso libre o estacionamientos reservados, especialmente autorizados por la Municipalidad de Las Condes, los cuales contarán con la debida señalización.
    Asimismo, prohíbese la circulación de taxis en marcha lenta en busca de pasajeros en la vía pública, produciendo trastornos a la normal circulación.


II. DE LOS PERMISOS

    La utilización de un estacionamiento reservado para taxis en la Comuna de Las Condes requerirá de una autorización especial otorgada por la Dirección de Tránsito.
    Esta autorización será otorgada en casos calificados, previa postulación que será evaluada por la Dirección de Tránsito, y previo pago de los derechos establecidos en la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales. Asimismo, estos estacionamientos reservados requerirán del informe previo de Carabineros.
    Por último si conforme lo informado por la Dirección del Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad, la autorización de estacionamientos reservados en las vías que conforman la red vial básica produjera alteración en las características físicas u operacionales de las mismas, se requerirá contar con la aprobación de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones conforme a lo establecido por el artículo 3º del D.S. Nº 83 de Transportes de 1985.



III. DE LA POSTULACION

a)  Los taxistas que cumplan con las condiciones que establece la presente Ordenanza y todas las exigencias que establece la ley para los vehículos y personas que se desempeñan en el rubro, podrán postular a gozar del derecho a ocupar en forma preferencial los distintos espacios que existan en los estacionamientos reservados para taxis.
b)  Los taxistas interesados podrán optar en sus postulaciones hasta un máximo de 3 puntos de ubicación en la Comuna en los cuales existan estacionamientos reservados para taxis.
c)  Las postulaciones se harán en la Dirección de Tránsito Municipal, previo retiro de los formularios en esa Dirección para postulaciones, en el que se indicarán los datos y antecedentes que los postulantes deberán indicar y acompañar respectivamente al momento de su presentación.

Datos:

a)  Individualización completa del postulante (nombres, apellidos, cédula de identidad, domicilio).
b)  Individualización del vehículo (marca, modelo, año, patente).
c)  Puntos de ubicación a que opta.


Antecedentes que se deben acompañar:

1)  Certificado de Antecedentes de conducción emitido por el Registro Civil, en el que consten las infracciones a la Ley de Tránsito, si las hubiere.
2)  Certificado de Antecedentes que indique que la persona no ha sido condenada por crimen o simple delito.
3)  Fotocopia de cédula de identidad.
4)  Declaración Jurada ante Notario en la que se certifique el tiempo de permanencia continua que tiene en el o los puntos de ubicación a que postula.
5)  Fotocopia de Permiso de Circulación.

    La Dirección de Tránsito abrirá un libro registro donde anotará todas las postulaciones de acuerdo al orden cronológico de la presentación.


IV. DE LA ASIGNACION

    La Dirección de Tránsito procederá a evaluar los antecedentes de cada uno de los postulantes tomando en consideración los siguientes factores y en el orden que se indica:



-    Idoneidad de los postulantes.
-    Orden de antigüedad en el Registro de Postulaciones.
-    Antigüedad en el uso del punto de ubicación al cual postula. Este último factor será considerado en caso que exista más de un postulante con igual idoneidad e idéntico orden de antigüedad en el registro de postulación.


    Los postulantes que no alcancen a la asignación de espacios, quedarán en lista de espera, hasta que se produzca una vacante, la cual será asignada una vez que la Dirección de Tránsito y Transporte Público lo estime necesario.
    En tal caso, la Dirección de Tránsito procederá a otorgar el espacio al postulante que esté primero en la lista de espera, siempre y cuando reúna todos los requisitos, previo análisis de los antecedentes los que deberán estar vigentes.
    Una vez efectuadas las asignaciones por la Dirección de Tránsito, se procederá a autorizar la ocupación de los estacionamientos reservados mediante Decreto Alcaldicio.


V. DE LA FISCALIZACION

    Fiscalizarán el cumplimiento de la presente Ordenanza, Carabineros de Chile y/o Inspectores Municipales según lo establece la Ley de Tránsito Nº 18.290, en su artículo Nº 4.
    Para estos efectos, la Dirección de Tránsito hará entrega de los siguientes documentos:


-    Autoadhesivos, que deberán instalarse al costado izquierdo inferior del parabrisas delantero, en el que se identificará el estacionamiento reservado para taxis al cual se tiene acceso y la placa única del vehículo.
-    Tarjeta para el conductor, la que identificará nombre del conductor autorizado, el estacionamiento reservado para taxis al que tiene acceso y el número de registro o carpeta personal.


VI. DEL TERMINO DE LA AUTORIZACION

    La finalidad principal de la implementación de estacionamientos reservados para taxis es elevar el nivel de servicio a los usuarios.
    Consecuente con lo anterior, además de ser causal de término la cesación de pago de los derechos, serán causales de término de la autorización de ocupación de estacionamiento reservado para taxis, las siguientes:


-    Incumplimiento de las normas establecidas en la Ley de Tránsito.
-    Reclamos de usuarios y/o colegas del mismo punto de ubicación por deficiente prestación de servicio.
-    Negarse a prestar el servicio.
-    Presentación personal descuidada.
-    Cobros excesivos.
-    Cualquier otra que implique una prestación deficiente por voluntad propia.
-    No dar las facilidades necesarias para la fiscalización.
-    Pérdida del requisito de idoneidad. Para ello, la Dirección de Tránsito se reserva el derecho a solicitar cada cierto tiempo los certificados de antecedentes mencionados en el punto 1 y 2 del capítulo III.
-    No uso del autoadhesivo.


    El término de la autorización para utilizar un estacionamiento reservado de taxis, se determinará en base al análisis de los antecedentes acumulados en la carpeta personal del taxista y se aplicará sin derecho a reclamo de indemnización alguna y/o devolución de derechos municipales pagados con motivo de la autorización a que se pone término.


VII. DEL COSTO DE LOS ESTACIONAMIENTOS RESERVADOS PARA TAXIS

    El monto a pagar por el derecho de uso de los estacionamientos reservados para taxis dependerá de las características de cada punto de ubicación, según el siguiente detalle:


Capacidad Máxima      Espacios por punto      Valor espacio
de Vehículos            de Ubicación        Vehículo/Semestral

    30                      2 a 4              12 U.T.M.
    60                      5 a 7              15 U.T.M.
  100                      8 a 10              19 U.T.M.
  120                      > a 10              22 U.T.M.


    Los derechos indicados deberán ser pagados por anticipado, como máximo hasta el tercer día hábil anterior al mes que se paga, a la U.T.M. vigente.
    El beneficiario podrá pagar el valor espacio vehículo/semestral en una cuota o dividida en cuotas mensuales.


VIII. DE LO OPERATIVO

    Los estacionamientos reservados para taxis, operarán  en conformidad a las siguientes normas.


a)  Los taxis que tengan esta autorización podrán ocupar preferentemente el espacio asignado en el estacionamiento respectivo, toda vez que esta autorización de ocupación no impide que cualquier otro vehículo ocupe el lugar, mientras su conductor permanezca en él a fin de retirarlo cuando llegue el taxi que tenga la preferencia.
b)  Esta ocupación preferencial será con el único objeto de recoger pasajeros y no para estacionar el vehículo en
    carácter permanente.
c)  Los beneficiarios de esta autorización deberán  estar al día en el pago de los derechos de uso de estacionamientos reservados establecidos en la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales.
d)  Los taxis que usen los espacios reservados deberán contar con la identificación del autoadhesivo que entregará la Dirección de Tránsito en su oportunidad.
e)  El ingreso y ocupación de estos estacionamientos reservados no puede significar en ningún momento congestión de tránsito vehicular.


IX. SANCIONES

    Las infracciones a la presente Ordenanza serán denunciadas por Carabineros de Chile y/o Inspectores Municipales al Juzgado de Policía Local y éstas serán sancionadas con multas que no excedan de cinco Unidades Tributarias Mensuales.


    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Joaquín Lavín Infante, Alcalde.- Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.

    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.- Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.