Artículo 194.- Se examinarán todos los especímenes antes de someterlos a ensayo, a fin de determinar y registrar posibles defectos o deterioros, en particular:
    a) Las divergencias con respecto al DISEñO;
    b) los defectos de construcción;
    c) la corrosión u otros deterioros; y
    d) la distorsión de las características de los componentes.