Artículo 230.- En la solicitud de aprobación de una EXPEDICION se indicará:
    a) el período de tiempo, relativo a la EXPEDICION, para el que se solicite la aprobación;
    b) el CONTENIDO RADIACTIVO real, las modalidades de transporte que se proyectan utilizar, el tipo de MEDIO DE TRANSPORTE y la ruta probable o prevista; y c) cómo se dará efecto a las medidas especiales de precaución y a los controles especiales administrativos u operacionales a que se alude en los certificados de aprobación de los DISEñOS de BULTOS, extendidos con arreglo a los artículos 218, 221 y 224.