Artículo 17º.- Al subdepartamento de Planificación y Auditoría Técnica le corresponderá asesorar al Director y a los distintos Departamentos, en la preparación de los proyectos de planes y programas del Instituto y en el control y la evaluación de aquéllos que aprobare el Director y tendrá a su cargo, además, las siguientes funciones:
a) Prestar asesoría en la preparación de los proyectos de garantía de la calidad y en la supervisión y coordinación ejecutiva de aquéllos que aprobare el Director;
b) Promover, coordinar y evaluar las acciones destinadas a garantizar la calidad de los procesos técnicos y de gestión del Instituto;
c) Actuar como auditoría técnica del Instituto, para asegurar la observancia de los procedimientos y exigencias técnicas fijadas por la Dirección, de acuerdo con normas nacionales e internacionales de control de calidad;
d) Asesorar en la preparación de los proyectos técnicos, de organización y métodos, administrativos e informáticos del Instituto y en la supervisión y coordinación de aquéllos que aprobare el Director;
e) Realizar los estudios que le asigne el Director y coordinar los que éste encomiende en materias específicas a profesionales especializados, y
f) Desempeñar las demás funciones que le encomiende el Director, en las materias de su competencia.