MODIFICA RESOLUCION Nº 517 EXENTA, DE 1997, QUE DISPUSO LLAMADO A POSTULAR A AFECTADOS POR CATASTROFE DERIVADA DE LOS FUERTES TEMPORALES DE LLUVIA DE JUNIO DE 1997
(Resolución)
Núm. 571 exenta.- La Serena, 9 de septiembre de 1997.- Vistos:
a) El DS Nº 79 de fecha 11/07/97, del Minvu, publicado en el Diario Oficial el día 4 de agosto de 1997, que dispone el otorgamiento de préstamos y subvenciones en favor de afectados por la catástrofe derivada de los fuertes temporales de lluvia acaecidos en el mes de junio del presente año;
b) La Resolución exenta Nº 517 de fecha 14 de agosto de 1997 de Serviu IV Región Coquimbo, que dispuso el llamado a postular al beneficio a que se refiere el citado DS Nº 79;
c) Que producto de las últimas lluvias varios caminos de la Región se dañaron impidiendo que algunos pobladores pudieran llegar a las Oficinas de Serviu oportunamente a entregar su documentación;
d) La Resolución Nº 520 del 15/11/96, de la Contraloría General de la República que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Nº 55 de 1992, de la misma Contraloría, que establece normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
e) Las facultades que me confiere el DS Nº 355/77 y la Resolución Nº 142/90, ambos del Minvu, dicto lo siguiente:
R e s u e l v o:
1. Modifícase la Resolución Nº 517 de fecha 14 de agosto de 1997, resuelvo 3, en el sentido de establecer, en forma definitiva, como plazo para la presentación de las solicitudes en la IV Región Coquimbo hasta el día viernes 12 de septiembre de 1997, inclusive.
2. En lo no modificado se mantiene a firme lo señalado en la resolución que por este acto se modifica.
Anótese, comuníquese, publíquese y cúmplase.- Luis Jefery Mercado, Director Regional Serviu IV Región Coquimbo.