Artículo 15.- El programa de capacitación contendrá a lo menos las siguientes menciones:
a) las áreas de la empresa para las cuales se desarrollarán actividades de capacitación, y el objetivo de dichas actividades;
b) el número y características de los trabajadores que participarán en las actividades de capacitación, y
c) la época del año en que se ejecutarán las referidas acciones.