MODIFICA RESOLUCION Nº 1.349 EXENTA, DE 1997, QUE LLAMA A INSCRIPCION DE POSTULANTES AL SISTEMA DE SUBSIDIO HABITACIONAL PARA LA ATENCION DEL SECTOR RURAL, EN EL SENTIDO QUE INDICA Y APRUEBA NOMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL PRIMER LLAMADO 1997; PARA EL I LLAMADO 1997 A POSTULACION PARA LA ADQUISICION O CONSTRUCCION DE VIVIENDAS RURALES EMPLAZADAS EN ASENTAMIENTOS POBLACIONALES Y PARA EL LLAMADO 1-97 A POSTULACION COLECTIVA CON PROYECTOS DE SANEAMIENTO SANITARIO PARA PREDIOS RURALES
Santiago, 6 de octubre de 1997.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.435 exenta.- Visto: El D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y sus modificaciones, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural y en especial lo previsto en sus artículos 6º, 16, 17, 18 y 19 y en sus Títulos II y III; las resoluciones exentas Nº 1.349 y Nº 1.350, ambas de este Ministerio, de fecha 7 de mayo de 1997, publicadas en el Diario Oficial del 12 de mayo de 1997; la resolución exenta Nº 532, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo V Región de Valparaíso, de fecha 2 de julio de 1997, publicada en el Diario Oficial del 5 de julio de 1997; la resolución exenta Nº 511, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 1º de julio de 1997, publicada en el Diario Oficial del 5 de julio de 1997; la resolución exenta Nº 432, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VIII Región del Bío Bío, de fecha 26 de junio de 1997, publicada en el Diario Oficial del 5 de julio de 1997, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997, en la siguiente forma:
a) Reemplázase en el inciso primero del número 4º de dicha resolución las cifras "437.652"; "561.328" y "51.020", por las siguientes cifras: "495.322"; "520.558" y "26.620", respectivamente.
b) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra a) del número 4º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región de Monto de recursos presupuestarios
Postulación que se destinarán a la Región
(U.F.)
I 0
II 2.340
III 2.060
IV 25.030
V 25.180
VI 58.200
VII 61.490
VIII 52.630
IX 85.060
X 114.170
XI 0
XII 3.250
R.M. 65.912
Total 495.322
c) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra b) del número 4º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región de Monto de recursos presupuestarios
Postulación que se destinarán a la Región
(U.F.)
I 0
II 0
III 900
IV 27.000
V 31.920
VI 39.600
VII 48.908
VIII 104.200
IX 75.820
X 27.210
XI 0
XII 0
R.M. 165.000
Total 520.558
d) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra c) del número 4º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región de Monto de recursos presupuestarios
Postulación que se destinarán a la Región
(U.F.)
I 0
II 0
III 0
IV 1.400
V 1.400
VI 0
VII 6.320
VIII 17.500
IX 0
X 0
XI 0
XII 0
R.M. 0
Total 26.620
2º.- Apruébanse las nóminas de 3.746 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al primer llamado 1997 (Título I), dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
3º.- Déjase constancia que las nóminas de 3.746 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 489.240 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el primer llamado 1997 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, monto que se distribuye de la siguiente forma, según tipo de postulación, región y provincia, cuando corresponde, luego de aplicado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 5º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997:
Tipo de postulación
Región Monto de recursos
Individual Colectiva comprometidos
Provincia (U.F) (U.F.) (U.F.)
II 900 0 900
III 1.950 0 1.950
IV 21.530 3.400 24.930
V 17.570 7.540 25.110
VI 50.730 5.980 56.710
Cachapoal 11.440 5.980 17.420
Colchagua 19.600 0 19.600
Cardenal Caro 19.690 0 19.690
VII 39.520 21.940 61.460
VIII 48.790 3.510 52.300
Ñuble 15.620 0 15.620
Bío Bío 12.370 2.340 14.710
Concepción 4.420 0 4.420
Arauco 16.380 1.170 17.550
IX 85.010 0 85.010
X 114.130 0 114.130
XII 900 0 900
R.M. 65.840 0 65.840
Total 446.870 42.370 489.240
4º.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponde, por tipo de postulación, para los certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el primer llamado 1997 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 1º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997:
Tipo de postulación Montos
Región postulantes
Provincia Individual Colectiva seleccionados
II 6 0 6
III 13 0 13
IV 163 26 189
V 135 58 193
VI 389 46 435
Cachapoal 88 46 134
Colchagua 150 0 150
Cardenal Caro 151 0 151
VII 302 164 466
VIII 375 27 402
Ñuble 120 0 120
Bío Bío 95 18 113
Concepción 34 0 34
Arauco 126 9 135
IX 653 0 653
X 877 0 877
XII 6 0 6
R.M. 506 0 506
Total 3.425 321 3.746
5º.- Apruébanse asimismo las nóminas de 2.510 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al I llamado 1997 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales (Título II), dispuesto en el número 2º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
6º.- Déjase constancia que las nóminas de 2.510 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 467.000 Unidades de Fomento (U.F) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el I llamado 1997 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en especial su Título II, monto que se distribuye de la siguiente forma, según tipo de postulación, región y provincia, cuando corresponde, luego de efectuado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 5º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997.
Tipo de postulación
Región Monto de recursos
Individual Colectiva comprometidos
Provincia (U.F) (U.F.) (U.F.)
III 800 0 800
IV 1.540 25.380 26.920
V 1.660 15.600 17.260
Petorca 400 0 400
Los Andes 0 7.400 7.400
San Felipe 0 8.200 8.200
Quillota 1.260 0 1.260
VI 0 26.280 26.280
Cachapoal 0 20.340 20.340
Colchagua 0 5.940 5.940
VII 6.440 40.620 47.060
VIII 24.880 64.400 89.280
Ñuble 22.060 20.600 42.660
Bío Bío 1.620 20.340 21.960
Concepción 1.200 17.520 18.720
Arauco 0 5.940 5.940
IX 7.560 67.900 75.460
X 10.080 15.000 25.080
R.M. 31.000 127.860 158.860
Total 83.960 383.040 467.000
7º.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponde, por tipo de postulación, para los certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el I llamado 1997 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 2º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio de 1997:
Tipo de postulación Total
Región postulantes
Provincia Individual Colectiva seleccionados
III 4 0 4
IV 8 141 149
V 9 78 87
Petorca 2 0 2
Los Andes 0 37 37
San Felipe 0 41 41
Quillota 7 0 7
VI 0 146 146
Cachapoal 0 113 113
Colchagua 0 33 33
VII 35 216 251
VIII 131 346 477
Ñuble 116 108 224
Bío Bío 9 113 122
Concepción 6 92 98
Arauco 0 33 33
IX 42 365 407
X 56 80 136
R.M. 172 681 853
Total 457 2.053 2.510
8º.- Apruébanse asimismo las nóminas de 259 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondientes al llamado 1-97 a postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales, dispuesto en el número 3º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
9º.- Déjase constancia que las nóminas de 259 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 18.130 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el llamado 1-97 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, modalidad de postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en especial su Título III, monto que se distribuye de la siguiente forma, por región y provincia, cuando corresponde, luego de efectuado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 5º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997:
Monto de recursos
Región Comprometidos
Provincia (U.F.)
IV 910
V 1.260
VII 5.320
VIII 10.640
Bío Bío 10.640
Total 18.130
10.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponde, para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el llamado 1-97 a postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 3º de la resolución exenta Nº 1.349, de este Ministerio, de 1997:
Total
Región postulantes
Provincia seleccionados
IV 13
V 18
VII 76
VIII 152
Bío Bío 152
Total 259
11.- Publíquense las nóminas completas que se aprueban en el número 2º, en el número 5º y en el número 8º de esta resolución, en un periódico de circulación nacional, indicándose en dicha publicación el nombre completo del beneficiario, su Cédula Nacional de Identidad o Rut y el puntaje total obtenido, sin perjuicio de las nóminas completas de que dispondrán los Serviu, las que señalarán, a lo menos, el puntaje total y el obtenido en cada uno de los rubros considerados, por cada postulante seleccionado; el Rol Unico Tributario; el monto del subsidio directo de cada postulante seleccionado; el monto total de ahorro acumulado por cada postulante; y el puntaje de corte correspondiente al último postulante seleccionado.
Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Sergio Henríquez Díaz, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Berta A. Belmar Ruiz, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.