IMPLEMENTA PRODUCTO INTRARREGIONAL EN LA DECIMO SEGUNDA REGION Y COMPLEMENTA SISTEMA TARIFARIO

    Núm. 2.209 exenta.- Santiago, 24 de octubre de 1997.- Vistos: El D.F.L. Nº 10, de 1981, y el artículo Nº 5 del Decreto Nº 21 de 1997, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la necesidad de crear tarifas a un producto de carácter intrarregional en la Décimo Segunda Región; la Resolución Exenta Nº 1.862 de la Empresa de Correos de Chile; los acuerdos de Directorio Nº 14 y 80 de 1997; la Resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y las facultades que me confieren las Resoluciones Nº 233 de 1994 y Nº 1.861 de 1995, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente:

    R e s o l u c i ó n:



    1.- Impleméntese el servicio de producto intrarregional, denominado Papel de Negocios Direccionados a contar del 5 de septiembre en la Décimo Segunda Región:


    Papel de Negocio Direccionado

*    Comunicación con dirección del destinatario conocida.
*    Podrá contener comunicación promocional y/o publicitaria, de servicios, de carácter comercial, en general toda aquella información que se requiera sea conocida en forma masiva.
*    Circulación a nivel regional, admitido y distribuido dentro de la región.
*    Peso no superior a los 100 gramos.
*    Tarjetas u hojas sin sobre.
*    Mínimo de imposición 10.000 envíos.
*    Retiro en el domicilio del cliente.
*    Preclasificación básica por sectores realizada por el cliente.
*    Retorno inmediato al cliente de los envíos que no fueron distribuidos.
*    Depósitos definidos.
*    Plazo de entrega programada.

    2.- Aplíquese la siguiente estructura tarifaria para el producto Papeles de Negocios Direccionados de carácter intrarregional en la Décimo Segunda Región, a contar del 5 de septiembre de 1997:



            Nº Envíos            Tarifas

        10.000 - 15.000          $ 60

        15.001 - 18.000          $ 55

        18.001 - 25.000          $ 50

        25.001 y más              $ 45

    Anótese, comuníquese y publíquese.- René Labraña Larrondo, Gerente General.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Olga Judith Díaz Lagos, Jefe Oficina Central de Partes y Transcriptora.