PARRAFO II {ARTS. 4 al 7}
De la organización del Servicio
Artículo 4°: El Servicio Nacional de Obras Sanitarias está formado por la Dirección Nacional y por las Direcciones Regionales a través de las cuales se desconcentra territorialmente en cada una de las regiones del país, exceptuadas la Región Metropolitana y la Región de Valparaíso.