MODIFICA DECRETOS Nº 97, DE 1984, Y Nº 170, DE 1985
Núm. 103.- Santiago, 6 de agosto de 1986.- Visto: Lo dispuesto por los artículos 9º y 13º Nº 4, de la Ley Nº 18.290, Ley de Tránsito; por la Ley Nº 18.059, y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32º, Nº 8, de la Constitución Política de la República de Chile;
Decreto:
1º.- Elimínase el Nº 3, de la letra B del Art. 5º, del Decreto Supremo Nº 97/84, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de septiembre de 1984.
2º.- Elimínase el Nº 3, de la letra B del Art. 4º, del Decreto Nº 170/85, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, publicado en el Diario Oficial de fecha 2 de enero de 1986.
Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Enrique Escobar Rodríguez, General de Aviación, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Patricia Muñoz Villela, Jefe Administrativo