MODIFICA DECRETO N° 167, DE 1986 Santiago, 29 de febrero de 1996.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 24.- Visto: El D.S. N° 167 (V. y U.), de 1986, que reglamenta el Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural; el artículo 21 inciso cuarto de la Ley N° 16.391, y las facultades que me confiere el número 8° del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto:

    Artículo único.- Sustitúyese en el inciso segundo del artículo 38 y en el artículo 41 del Título II del D.S. N° 167 (V. y U.), de 1986, el guarismo "50" por el guarismo "30".


    Artículo transitorio.- Las modificaciones al D.S. N° 167 (V. y U.), de 1986, dispuestas por el presente decreto, regirán para los llamados que se efectúen a partir de su publicación en el Diario Oficial y no se aplicarán a los llamados realizados con anterioridad a su vigencia, los que se regirán por las normas conforme a las cuales se efectuó el correspondiente llamado.


    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Sergio Galilea Ocon, Ministro de Vivienda y Urbanismo Subrogante.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sergio González Tapia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.