AUTORIZA SORTEO QUE INDICA A BENEFICIO DEL HOGAR DE MENORES DE CARABINEROS "EFRAIN RIQUELME" Y SISTEMA DEL LIBERTAD VIGILADA
    Punta Arenas, 28 de Octubre de 1992.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 30.- Vistos:
    1. Lo dispuesto en el Decreto del Ministerio del Interior N° 955, publicado en el Diario Oficial de 24.06.74; modificado por el Decreto del Ministerio del Interior N° 1.309, publicado en el Diario Oficial de 21.09.74;
    2. El decreto del Ministerio del Interior N° 969, publicado en el Diario Oficial de 22,08.75; y, 3. El Ord. N° 3 de 13.10.92 de Directora Subrogante Hogar de Menores de Carabineros y Director del Sistema de Libertad Vigilada.
    Decreto:

    1. Autorízase al Hogar de Menores de Carabineros "Efraín Riquelme" y al Sistema de Libertad Vigilada, dependiente del Obispado de Punta Arenas, para que realice un Sorteo denominado Bingo, que será transmitido por el Canal 6 de Televisión Nacional de Chile, de esta ciudad, según Convenio que obra en poder de esta Intendencia y que fue suscrito por dicha Institución y el Canal antes señalado.
    2. El referido Bingo, difundido en la forma aludida, se realizará el día 17 de Noviembre de 1992.
    3. El número máximo de cartones a vender es de 18.000 y el valor de cada uno de ellos será de trescientos cincuenta pesos ($350).
    4. En el mencionado Sorteo se distribuirán, entre los favorecidos con los números que se pongan a la venta, los siguientes premios:
    - Un Automóvil Lada modelo 2108, 3 puertas año 1992
    - Un televisor 14" Samsung
    - Un Pasapelículas Samsung
    - Una Lavadora con Centrífuga Daytron
    - Un Horno Microondas Samsung
    - Un Minicomponente Samsung
    - Una Radio con Televisor Samsung
    - Un Procesador de alimentos marca Philips
    - Una Freidora Tejal
    - Un Horno eléctrico Toshiba
    - Una Cafetera Tejal
    - Una Radio Reloj con Cassette
    - Un Espejo con mueble metálico
    - Un Tostador Black Start
    - Una Licuadora Philips
    - Una Plancha Philips
    - Un Cuchillo Eléctrico Philips
    - Una Batidora Philips
    Aun cuando no se venda el total de los números, los Organizadores están obligados a Sortear el total de los premios.
    5. Las utilidades de este Sorteo se destinarán a solventar gastos en vestuario para los niños y algún equipamiento del Establecimiento Asistencial Hogar de Carabineros, así como para adquirir implementos deportivos y de capacitación de los jóvenes del Sistema de Libertad Vigilada.
    6. El sorteo deberá ser público y efectuarse ante Notario en la fecha señalada, impostergablemente.
    7. El Hogar de Menores de Carabineros "Efraín Riquelme" y el Sistema de Libertad Vigilada, dependiente del Obispado de Punta Arenas, deberá publicar este Decreto en el Diario Oficial, antes de la realización del Sorteo.
    8. Los resultados obtenidos deberá publicarlos obligatoriamente en un Diario de circulación en todo el país el primer Domingo siguiente al Sorteo, especificando claramente los números premiados y nombre de los favorecidos.
    9. El Hogar de Menores de Carabineros "Efraín Riquelme" y el Sistema de Libertad Vigilada, deberá entregar a esta Intendencia Regional, en el plazo máximo de 60 días contados desde la fecha del Sorteo, los siguientes documentos:
    - Acta Notarial de la realización del Sorteo;
    - Recibo de los premios, debidamente firmados por los favorecidos.
    - Publicación en los Diarios (Punto 7 y 8)
    - Informe detallado de los ingresos obtenidos, inversión y utilidades.

    Anótese y comuníquese.- R. T. Scarpa M., Intendente XII Región "Magallanes y Antártica Chilena"; M. J. Barrera R., Secretario Abogado Intendencia XII Región.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Manuel J. Barrera Rojas, Secretario Abogado Intendencia XII Región.