MODIFICA DECRETO N° 104, DE 1987 Santiago, 17 de Marzo de 1992.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 33.- Visto: El D.L. N° 1.519, de 1976; los artículos 53 y 59 de la Ley N° 18.591; los decretos supremos N° 121, de 1967; N° 265, de 1978; N° 93, de 1983 y N° 104, de 1987, todos de Vivienda y Urbanismo; la Ley N° 18.120; el artículo 21 inciso cuarto de la Ley N° 16.391, y la facultad que me confier el número 8° del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto:

    Artículo único.- Modifícase el D.S. N° 104, (V. y U.), de 1987, en el sentido de reemplazar en el inciso primero de su artículo 20 la locución "seis meses", por la expresión "un año, contado desde la fecha de la anotación del traspaso respectivo en el Conservador de Bienes Raíces.".
    Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Alberto Etchegaray Aubry, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Joan Mac Donald M., Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.