REAJUSTA MONTO DE LAS MULTAS EXPRESADAS EN PESOS ESTABLECIDAS EN LA LEY N° 18.290, LEY DE TRANSITO Santiago, 11 de Enero de 1991.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 34.- Vistos: estos antecedentes; lo dispuesto en el Decreto Supremo de Justicia N° 429, de 1990; el artículo 209 de la Ley N° 18.290, modificado por la Ley N° 18.597, y en los artículos 32, N° 8, y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, y Teniendo presente:
Que de conformidad a la información oficial proporcionada por el Instituto Nacional de Estadísticas, la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre de 1990, alcanzó a 27,3%, Decreto:
Artículo único.- Reajústanse, a contar del 1° de Marzo de 1991, en 27,3% las multas expresadas en pesos a que se refieren los artículos 102, 201 y 206 de la Ley N° 18.290, fijándose su nuevo monto en las cantidades que a continuación se indican:
Monto anterior Monto nuevo
1.- Artículo 102 $ 74.100.- $ 94.400.-
$ 123.500.- $ 157.300.-
2.- Artículo 201 -N° 1 $ 12.300.- $ 15.700.-
(inciso 1°) N° 2 $ 10.000.- $ 12.800.-
N° 3 $ 7.600.- $ 9.700.-
N° 4 $ 2.500.- $ 3.200.-
(inciso 2°) $ 49.500.- $ 63.100.-
$ 493.400.- $ 628.100.-
3.- Artículo 206 $ 12.300.- $ 15.700.-
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Francisco Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Martita Worner Tapia, Subsecretario de Justicia.