DEJA SIN EFECTO DECRETOS N°. 406, DE 1986 Y N°. 231, DE 1990.
Núm. 599.- Santiago, 02 de Diciembre de 1991.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 1º y 3º, del DL N°. 799, de 1974; en el artículo N°. 32 y N°. 8 de la Constitución Política de la República de Chile.
Considerando:
Que, por Decreto de Economía N°. 406, de 1986, se asignó al Sr. Subdirector Nacional de Pesca, para el cumplimiento de las labores propias de su cargo el uso privativo del vehículo Chevrolet Luv, Doble Cabina, año 1987, N°. Motor 916121, N°. Chassis KB28LW-T-2227, autorizándolo para circular los días Sábados en la tarde, Domingos y Festivos, sin el disco distintivo fiscal.
Que, por Decreto de Economía N°. 231, de 1990, se modificó el Numeral 2, del Decreto de Economía N°. 406, de 1986, en el sentido de que el vehículo señalado es asignado para labores de fiscalización y control a la Dirección Regional de Pesca, Región Metropolitana, quedando autorizado para circular los días Sábados en la tarde, Domingos y Festivos, sin el disco distintivo fiscal.
Que, por Decreto de Economía N°. 317, de 1991, se exceptuó de la obligación de no circular en días Sábados en la tarde, Domingos y Festivos.
Decreto:
1.- Déjase, sin efecto Decreto de Economía N°. 406, de 17.12.86 y N°. 231, de 16.07.90, que autorizaba a la camioneta Chevrolet Luv, Patente CX-7966, para circular los Sábados en la tarde, Domingos y Festivos, sin el disco distintivo fiscal, por estar autorizada para circular los días Sábados en la tarde, Domingos y Festivos, con el disco distintivo fiscal, mediante Decreto de Economía N°. 317, de 26.07.91.
Anótese, Tómese Razón, Comuníquese y Publíquese.- Enrique Krauss Rusque, Vice-Presidente de la República.- Carlos Ominami Pacual, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior Subrogante.-
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Andrés Couve Rioseco, Subsecretario de Economía Subrogante.