Artículo 5°.- El transporte escolar no podráDTO 13,TRANSPORTES
B)
D.O. 12.02.1994 realizarse en un tiempo de viaje superior a una hora, desde la casa o domicilio del escolar y el colegio o viceversa, sin perjuicio que pueda retrasarse debido a las condiciones Decreto 150, TRANSPORTES
N° 1 a)
D.O. 31.12.2015especiales de vialidad y niveles de tránsito vehicular, o por razones de fuerza mayor o caso fortuito, situaciones que deberán ser informadas a los padres o apoderados.
B)
D.O. 12.02.1994 realizarse en un tiempo de viaje superior a una hora, desde la casa o domicilio del escolar y el colegio o viceversa, sin perjuicio que pueda retrasarse debido a las condiciones Decreto 150, TRANSPORTES
N° 1 a)
D.O. 31.12.2015especiales de vialidad y niveles de tránsito vehicular, o por razones de fuerza mayor o caso fortuito, situaciones que deberán ser informadas a los padres o apoderados.