AUTORIZA SORTEO QUE INDICA A BENEFICIO DE CONAPRAN XII REGION

Punta Arenas, 30 de Octubre de 1991.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 24.- Vistos: 1. Lo dispuesto en el Decreto No. 955 (1), publicado en el DO del 24.06.74; modificado por el Decreto No. 1.309 (1) publicado en el DO de 23.09.74;
2. El Decreto No. 969 (1), publicado en el DO de 22.08.75, y 3. El Ord. No. 141 de fecha 24.10.91, de la Vicepresidenta Regional del Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad - XII Región.

Decreto:

1. Autorízase al Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad - XII Región, para que realice un Sorteo denominado Bingo, que será transmitido por el Canal 6 de Televisión Nacional de Chile, de esta ciudad, según Convenio que obra en poder de esta Intendencia Regional y que fue suscrito por esta Institución y el Canal antes señalado.
2. El referido Bingo, difundido en la forma aludida, se realizará el día 19 de Noviembre de 1991.
3. El número máximo de cartones a vender es de 18.000 y el valor de cada uno de ellos será de trescientos cincuenta pesos ($ 350.-)
4. En el mencionado Sorteo se distribuirán, entre los favorecidos con los números que se pongan a la venta los siguientes premios:

- Un automóvil Sedan 4 puertas año 1991.
- Un pasaje Santiago (ida y vuelta)
- Un refrigerador Philips Arg. 900
- Un T.V. Samsung color CT 523 20"
- Un video grabador Samsung VT 1230
- Un video grabador Samsung VT 1230
- Un horno microondas Samsung RE 576
- Un horno microondas Samsung RE 576
- Un refrigerador Samsung Mod. SR. 055
- Un minicomponente doble cassete ecualiz, Aiwa W37
- Una centrífuga Phiiips AWB 255
- Una aspiradora Toshiba VC 150P
- Un televisor con radio Samsung BR.56 5"
- Un juego de loza de 45 piezas
- Una licuadora Sum Beam VO 62.

Aún cuando no se venda el total de los números, los Organizadores están obligados a Sortear el total de los premios.
5. Las utilidades de este Sorteo se invertirán en la mantención de las obras de CONAPRAN en la XIIª. Región.
6. El sorteo deberá ser público y efectuarse ante Notario en la fecha señalada, impostergablemente.
7. El Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad - XII Región, de esta ciudad, deberá publicar este Decreto en el Diario Oficial antes de la realización del Sorteo, y los resultados obtenidos, especificando claramente los números premiados y nombre de los favorecidos, además deberán publicarlo en un Diario de Circulación en todo el país, el primer Domingo siguiente al Sorteo.
8. El Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad - XII Región, deberá entregar a esta Intendencia Regional, en el plazo máximo de 60 días contados desde la fecha del Sorteo, los siguientes documentos:

- Acta Notarial de la realización del Sorteo;
- Recibo de los premios, firmados por los favorecidos.
- Publicación en los Diarios (señalados en el pto. 7)
- Informe detallado de los ingresos obtenidos, inversión y utilidades.

Anótese y comuníquese. R.T. Scarpa M., Intendente Xll Región "Magallanes y Antártica Chilena"; M.J. Barrera R., Secretario Abogado, Intendencia Xll Región.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.-, Manuel J. Barrera Rojas, Secretario Abogado, Intendencia Xll Región.