Artículo 2°: Para los efectos de este decreto entiéndese por:
    PLAN DE ESTUDIO: El documento de carácter normativo que señala para cada curso, los subsectores de aprendizaje, asignaturas y actividades de carácter genérico, con indicación de la respectiva carga horaria semanal.
    PROGRAMA DE ESTUDIO: El documento de carácterDS 832,Educ.
1996. Art.
1°, 1.-
normativo que expone secuencialmente los objetivos específicos, los contenidos de enseñanza que deben aplicarse y las sugerencias de actividades en conformidad al plan de estudio.