AUTORIZA EXISTENCIA Y APRUEBA ESTATUTOS DE LA COOPERATIVA DE VIVIENDA Y SERVICIOS HABITACIONALES RIO SUR LIMITADA
(Resolución)
Núm.93.- Santiago, 6 de Junio de 1991.- Visto: Los antecedentes adjuntos, lo informado por el Departamento de Cooperativas y lo dispuesto en los artículos 13 y 132 de la Ley General de Cooperativas, en la ley No.16.436, en el D.S de Economía No.505, de 1966, y en la resolución No.600, de 1977, de la Contraloría General de la República,
Resuelvo:
1.- Autorízase la existencia legal de la Cooperativa de Vivienda y Servicios Habitacionales Río Sur Limitada, a contar de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial.
2.- Apruébanse los estatutos de la mencionada entidad, que se contienen en el acta constitutiva protocolizada al final de los Registros de don Mario Patricio Aburto Contardo, Notario Público Titular, de la Agrupación de Comunas de Concepción, Penco y Hualqui, bajo el No.1.409 con fecha 07 de mayo de 1991.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Marshall Rivera, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Ximena Silva Morales, Jefe Administrativo.