Decreto 103, VIVIENDA
Art. UNICO Nº 6
D.O. 11.07.2007 Artículo 2.6.7. Los proyectos que cumplan con la condición de localización y ampliación a que se refieren las letras a) o b) del númeral 3. del artículo 2.6.4. de esta Ordenanza, podrán aumentar hasta en un 50% el coeficiente de constructibilidad establecido en el Plan Regulador respectivo.
Art. UNICO Nº 6
D.O. 11.07.2007 Artículo 2.6.7. Los proyectos que cumplan con la condición de localización y ampliación a que se refieren las letras a) o b) del númeral 3. del artículo 2.6.4. de esta Ordenanza, podrán aumentar hasta en un 50% el coeficiente de constructibilidad establecido en el Plan Regulador respectivo.
Decreto 68,
VIVIENDA
Art. único N° 8
D.O. 02.10.2026Los proyectos que cumplan los requisitos del inciso anterior del presente artículo, podrán exceder hasta en un 75% el coeficiente de constructibilidad establecido por el Plan Regulador respectivo, siempre que cumplan, además, las siguientes condiciones copulativas:
VIVIENDA
Art. único N° 8
D.O. 02.10.2026Los proyectos que cumplan los requisitos del inciso anterior del presente artículo, podrán exceder hasta en un 75% el coeficiente de constructibilidad establecido por el Plan Regulador respectivo, siempre que cumplan, además, las siguientes condiciones copulativas:
a) Que correspondan a proyectos de viviendas, cuyas unidades no superen los 90 m2 de superficie;
b) Que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso tercero del artículo 2.1.22. de esta Ordenanza