Artículo 3.1.1. Decreto 5,
VIVIENDA
Art. único N° 11
11.1
D.O. 22.05.2026La subdivisión, la división afecta, el loteo, la urbanización de predios afectos a utilidad pública cuando se trate de proyectos que se acojan al régimen de copropiedad inmobiliaria y la urbanización voluntaria desvinculada del proceso de división del suelo, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales.
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Art. único N° 11
11.1
D.O. 22.05.2026La subdivisión, la división afecta, el loteo, la urbanización de predios afectos a utilidad pública cuando se trate de proyectos que se acojan al régimen de copropiedad inmobiliaria y la urbanización voluntaria desvinculada del proceso de división del suelo, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales.
La Decreto 5,
VIVIENDA
Art. único N° 11
11.2
D.O. 22.05.2026ejecución de obras de urbanización a que se refiere el numeral 2 del artículo 2.2.1. de esta Ordenanza, no requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales.
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Art. único N° 11
11.2
D.O. 22.05.2026ejecución de obras de urbanización a que se refiere el numeral 2 del artículo 2.2.1. de esta Ordenanza, no requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales.