Decreto 173, VIVIENDA
Art. UNICO Nº 28
D.O. 12.03.1997 Artículo 5.2.1. Corresponde a la Dirección de Obras Municipales fiscalizar toda construcción que se ejecute dentro del territorio de su jurisdicción y comprobar el destino que se dé a los edificios y a sus distintas dependencias, Decreto 29,
VIVIENDA
Art. único N° XXIV
D.O. 14.02.2026incluidos aquellos que se hubiesen singularizado como viviendas de interés público en los respectivos permisos de edificación y recepciones municipales conforme al artículo 184 bis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Art. UNICO Nº 28
D.O. 12.03.1997 Artículo 5.2.1. Corresponde a la Dirección de Obras Municipales fiscalizar toda construcción que se ejecute dentro del territorio de su jurisdicción y comprobar el destino que se dé a los edificios y a sus distintas dependencias, Decreto 29,
VIVIENDA
Art. único N° XXIV
D.O. 14.02.2026incluidos aquellos que se hubiesen singularizado como viviendas de interés público en los respectivos permisos de edificación y recepciones municipales conforme al artículo 184 bis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.