Decreto 142, VIVIENDA
Art. 1 Nº 3
D.O. 08.10.2003
    Artículo 1.4.21. La Dirección de Obras Municipales deberá exhibir en el acceso principal de sus oficinas, durante el plazo de sesenta días contados desde la fecha de su aprobación u otorgamiento, una nómina con los anteproyectos, subdivisiones y permisos otorgados conforme al artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    Para tales efectos, la nómina que se exhibirá contendrá, a lo menos, los siguientes antecedentes:

a.  Número y fecha del correspondiente permiso, de la resolución o autorización que sanciona el anteproyecto o proyecto.
b.  Nombre de el o los propietarios.
c.  Dirección del predio en que se emplaza el anteproyecto o proyecto.
d.  Nombre de los profesionales competentes que hubieren intervenido en su elaboración.
e.  Descripción o extracto del anteproyecto o proyecto respectivo.
f.  Número y fecha del Certificado de Informaciones Previas que sirvió de base para la presentación del anteproyecto o proyecto.
g.  Normas especiales a las cuales se acoge.

    Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Obras, en el mismo plazo de sesenta días, deberá informar de tales actuaciones al Concejo Municipal y a las Juntas de Vecinos de la unidad vecinal correspondiente; asimismo, se deberá mantener a disposición de cualquier persona que lo requiera, los antecedentes completos relacionados con dichas aprobaciones o permisos.