Artículo 7.3.2. Las recepcionesDecreto 28,
VIVIENDA
N° 6
D.O. 23.01.2026
a las que se refiere este Capítulo no requerirán autorizaciones o pronunciamientos de otros organismos del Estado, salvo que se trate de modificaciones de cauces a los que se refiere el artículo 116 bis D) de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.