OTORGA A SAESA CONCESION DEFINITIVA PARA LINEA DE DISTRIBUCION SECTOR LOS LOROS

Núm. 324.- Santiago, 25 de Septiembre de 1990.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en los artículos 11° y 28° del DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley No. 18.410, Decreto:


Artículo 1°.- Otórgase a la Sociedad Austral de Electricidad S.A. concesión definitiva para establecer, operar y explotar, en la Región de Los Lagos, provincia de Llanquihue, comuna de Maullín, una línea de distribución de alta y baja tensión denominada Sector Los Loros, cuya especificación se encuentra contenida en el plano P.P. No. 5110. Las obras correspondientes han sido ejecutadas, encontrándose concluidos los trabajos respectivos, por cuanto la línea fue cedida a SAESA por su propietario, don Rigoberto Gallardo Paredes, de acuerdo a lo estipulado en Contrato de Transferencia.

Artículo 2°.- El objetivo de estas instalaciones será suministrar energía eléctrica al cedente antes señalado y a nuevos usuarios que lo soliciten.


Artículo 3°.- El presupuesto del costo de las obras ascendió a $ 1.038.465.-

Artículo 4°.- Apruébanse los planos de servidumbres de la línea antes individualizada, contenidos todos en el plano P.P. No. 5110.

Artículo 5°.- Copias de los planos de servidumbres, del plano general de las obras, de la memoria explicativa de las mismas y de los demás antecedentes técnicos que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Artículo 6°.- Constitúyanse, de acuerdo con lo que sobre el particular establece el DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería, las servidumbres de paso en los predios de propiedad particular que se indican a continuación:

Nombre del propietario            Nombre del sector      Longitud
                                                          (metros)
Rigoberto Gallardo Paredes        Los Loros                180
Maximiliano Bórquez Paredes      Los Loros                78
Fisco                            Camino público            12
Maximiliano Bórquez Paredes      Los Loros                225
Comunidad                        Camino particular        15
Suc. Vicente Paredes Gallardo    Los Loros                410
Suc. Francisco Gallardo Rival    Los Loros                135

Artículo 7°.- Autorízase la ocupación de caminos, calles y otros bienes nacionales de uso público y el cruce de otras líneas eléctricas que las instalaciones atraviesen en su recorrido.


Artículo 8°.- La zona de concesión comprenderá una franja de 100 metros circundantes a la línea de alta y baja tensión indicada en el plano respectivo.


Artículo 9°.- La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en el DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.

Artículo 10°.- Esta concesión se otorga por plazo indefinido.

Artículo 11°.- El presente decreto deberá reducirse a escritura pública, antes de 30 días contados desde su publicación en el Diario Oficial, en una Notaría Pública del Departamento de Santiago.

Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Ominami Pascual, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Jorge Marshall Rivera. Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.