Artículo 30°.-
Todos los llamados a Concurso para la contratación de un Trabajo de Consultoría serán públicos, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2° del articulo 2.
Para este fin, la Dirección o la Secretaría Regional Ministerial correspondiente, ordenará las publicaciones en el Diario Oficial y otros medios de comunicación que estime conveniente.
El llamado a Concurso indicará área, especialidad, categoría en que deberán estar inscritos los Consultores, fecha, hora y lugar de la apertura de las Ofertas Técnicas y Económicas.
Los llamados a inscripción en Registros Especiales deberán ser publicados en la misma forma señalada en este artículo.