Articulo 46°.-DTO 6, OBRAS PUB.
Artículo 1° N° 17
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    En forma alternativa a la metodología estipulada por los Artículos 41° al 45°, y si las Bases así lo disponen expresamente, se podrá utilizar el siguiente método para la evaluación y adjudicación de las propuestas:
    Art 46.1 Asignación de notas
    Cada miembro de la Comisión de Evaluación asignará a cada uno de los aspectos estipulados en el artículo 46.2, una nota de uno a siete, sin fraccionar, según su propio criterio, ciñéndose a los parámetros establecidos en las Bases.
    La nota final obtenida por un proponente en un aspecto determinado, corresponderá al promedio simple de las notas asignadas por cada miembro de la Comisión.
    Los cálculos que se efectúen en el proceso de Calificación de Antecedentes Generales hasta la determinación del Descuento Porcentual Total, considerarán un decimal.
    Art 46.2 Calificaciones
    A.- Calificación de Antecedentes Generales
    A1. Estructura Orgánica del Consultor: La nota por este aspecto corresponderá a la evaluación de la planta profesional superior permanente de la organización del Consultor.
    A2. Estructura Orgánica del Equipo Propuesto para la Ejecución del Trabajo: La nota por este concepto corresponderá a la evaluación del equipo que se desempeñará en el proyecto y el tiempo de participación de cada integrante.
    A3. Nota final por Calificación de Antecedentes Generales: La nota final corresponderá a las notas obtenidas en A1 y A2, ponderadas por los factores 0.35 y 0.65, respectivamente.
    Los miembros de la Comisión considerarán para la Calificación de Antecedentes Generales, la capacidad real del trabajo del Consultor, debiendo para ello tener en cuenta las horas que tenga comprometidas en otros contratos con este Ministerio o con otras entidades, el personal profesional que se desempeñará en el proyecto y cuya vigencia se prolongue durante el período de los trabajos que se están licitando.
    B.- Calificación Técnica
    B1. Estudios o Proyectos
    B.1.1 Metodología: La nota por este concepto evaluará la calidad y factibilidad del método propuesto por el Consultor para realizar el trabajo, o bien, la comprensión demostrada por éste de la metodología fijada por la Dirección, según sea el caso.
    B.1.2 Experiencia: La nota por este concepto evaluará la experiencia en estudios o proyectos anteriores realizados por el Consultor. Debe considerarse en forma especial el cumplimiento que haya dado el Consultor a trabajos ejecutados para el Ministerio.
    B.1.3 Nota Final por Calificación Técnica: La nota final corresponderá a las notas obtenidas en B.1.1 y B.1.2, ponderadas cada una por el factor 0.50. No obstante, en las bases administrativas de la licitación podrá establecerse, en forma alternativa 0.30 y 0.70, o bien 0.70 y 0.30 para B.1.1 y B.1.2, respectivamente, según sean las características del trabajo solicitado.
    B2. Asesorías de Inspección
    B.2.1. Experiencia en Construcción: La nota por esteDTO 3482, OBRAS PUB.
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aspecto evaluará la experiencia del personal del Consultor en construcción de obras similares a las que corresponde la asesoría que se está licitando.
    B.2.2. Experiencia en Asesorías de Inspección: La nota por este aspecto evaluará la experiencia que acredite el Consultor en inspecciones efectuadas por él.
    B.2.3 Nota Final por Calificación Técnica: La nota final corresponderá a las notas obtenidas en B.2.1. y B.2.2, ponderadas por los factores 0.30 y 0.70, respectivamente.
    Art. 46.3 Descalificaciones
    Serán descalificadas, no pudiendo participar en la adjudicación del contrato, aquellas ofertas que presenten las siguientes situaciones:
    a) Que no cumplan lo indicado en el presente Reglamento o en las bases del concurso.
    b) Que hayan obtenido una o más notas uno en cualquiera de los aspectos señalados en los puntos A1, A2, B.1.1, B.1.2, B.2.1 o B.2.2.
    c) Que hayan obtenido dos o más notas iguales o menores a 2.0 en cualquiera de los aspectos individualizados en la letra b) precedente.
    d) Que hayan obtenido una o más notas finales iguales o inferiores a 3.0 en los puntos A3, B.1.3 o B.2.3.
    e) Que hayan obtenido un 4.0 o menos como promedio simple de las notas según los puntos individualizados en la letra d) precedente.
    f) Que hayan obtenido un descuento porcentual total inferior a 9% en estudios o proyectos y 6% en asesorías de inspección, conforme al procedimiento del artículo 46.4.
    Art. 46.4 Sistema de Beneficios Porcentuales
    Los proponentes seleccionados técnicamente tendrán derecho a descuentos porcentuales en el precio ofrecido, sólo para efectos de comparación y priorización, en la forma que se indica a continuación:
    a) El descuento porcentual para la nota obtenida según A3, estará dado por:
    % = 3 (n - 4)
    Siendo "n" la nota final en A3
    b) El descuento porcentual por la nota obtenida según B.1.3 estará determinado por la siguiente fórmula:
    % = 6 (n - 4)
    Siendo "n" la nota final obtenida en B.1.3
    c) La nota según B.2.3 dará derecho al siguiente descuento porcentual:
    % = 4.5 (n - 4)
    Siendo "n" la nota final obtenida en B.2.3.
    d) Sólo para contratación de estudios o proyectDTO 3482, OBRAS PUB.
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os, salvo que en las Bases del concurso se establezca dejarla sin efecto, el plazo ofrecido dará derecho al siguiente descuento porcentual.
    % = 3.0 x Pm / Pi
    Siendo Pm el plazo menor ofertado por los proponentes y Pi el plazo ofrecido por el proponente a quien se le calcula el descuento porcentual.
    Descuento Porcentual Total: Será la suma de los descuentos porcentuales obtenidas por Antecedentes Generales, Calificación Técnica y Plazo, según las letras a), b) o c) y d) precedentes.
    Art. 46.5 Apertura de Sobres "Oferta Económica"
    Este acto se realizará en la fecha, hora y lugar que la Dirección estipule y comunique a los proponentes, y a él podrán asistir quienes lo deseen, levantándose un acta de apertura.
    En primer lugar se dará a conocer el Presupuesto Oficial. A continuación se dará a conocer el resultado de la evaluación de las Ofertas Técnicas.
    Posteriormente se procederá a abrir los sobres "Oferta Económica" de aquellos participantes que sigan en la licitación, devolviéndose sin abrir los correspondientes a los descalificados.
    Conocidas las Ofertas Económicas, se determinará el Presupuesto de Referencia para fines de adjudicación.
Sólo para estos efectos se considerará aquellas propuestas comprendidas en el rango ±30% del Presupuesto Oficial, calculándose el valor promedio de ellas.
    La suma de 65% del Presupuesto Oficial y del 35% del valor promedio de las ofertas, corresponderá al Presupuesto de Referencia.
    En caso de no existir ofertas dentro del rango señalado, el Presupuesto Oficial pasará a ser Presupuesto de Referencia, y se procederá conforme se indica en la letra b) del presente artículo.
    Determinado el Presupuesto de Referencia, podrán producirse las siguientes situaciones:
    a) Que haya una o más ofertas comprendidas dentro de los límites -15% y +20% del Presupuesto de Referencia. Estas serán las que participen en la adjudicación, descartándose las demás.
    b) Que no exista oferta alguna comprendDTO 3482, OBRAS PUB.
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ida entre el 85% y el 120% del Presupuesto de Referencia. En este caso se remitirán todos los antecedentes a una comisión formada, según corresponda, de la siguiente manera:
    b.1  Si el trabajo de consultoría pertenece a la Dirección General de Obras Públicas, estará integrada por:
    - El Director General o un representante profesional designado por él.
    - El Director del Servicio respectivo.
    - El Jefe del Departamento de Estudios correspondiente.

    b.2  Si el trabajo de consultoría pertenece a la Dirección General de Aguas, estará integrada por:

    - El Director General o un representante designado por él.
    - El Jefe del Departamento de Estudios y Planificación.
    - El Jefe del Departamento relacionado con la materia.
    Esta Comisión propondrá la adjudicación del concurso o la desestimación de las ofertas presentadas.
    En el caso de trabajos de consultorías en el nivel regional, la Comisión estará integrada por el Secretario Regional Ministerial, el Director Regional respectivo y un profesional designado por el Secretario Regional Ministerial o un representante de la entidad mandante, si correspondiere.
    Para el efecto de adjudicar el concurso, se procederá a aplicar los descuentos porcentuales totales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 46.4. El concurso será adjudicado a aquel proponente cuyo precio corregido resulte ser el menor. No obstante, si dicho proponente hubiere incurrido en algún incumplimiento en contratos que está ejecutando para el Ministerio, se podrá adjudicar la propuesta al siguiente proponente, previa autorización del Ministro o del Secretario Regional Ministerial, según se trate de contratos de nivel central o regional, respectivamente.
    En caso de resultar empate en eDTO 3482, OBRAS PUB.
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l valor del precio corregido, se dará preferencia al proponente que haya obtenido mejor nota final por Calificación Técnica y en su igualdad, el que haya obtenido mejor nota final por Antecedentes Generales. De persistir la igualdad, se dará preferencia al proponente que, a juicio de la autoridad competente, haya tenido mejor desempeño en los estudios, proyectos o asesorías ejecutadas con anterioridad.