Decreto 52
Decreto 52 MODIFICA DECRETO NUMERO 3.245, DE 1982
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MODIFICA DECRETO NUMERO 3.245, DE 1982
Núm. 52.- Santiago, 28 de Enero de 1994.
Considerando:
Que, los cambios en la división territorial del país, han determinado cambios en las fronteras y límites de las comunas de la Región Metropolitana por la creación de nuevas comunas;
Que, además, y de acuerdo con la cobertura de cada Departamento Provincial, es preciso nivelarlos para que respondan a requerimientos semejantes;
Que, esta medida persigue mejorar la calidad de la educación impartida, pues la labor de supervisión que cumplen, entre otras, estos organismos, lograrán mayor eficiencia; y
Visto: Lo dispuesto en las Leyes N°s. 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado y 18.956; y en los artículos 32, N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, Decreto:
Artículo 1°: Modifícase el Decreto Supremo de Educación N° 3.245 de 1982, en la siguiente forma:
Sustitúyese, a partir del 1° de marzo de 1994, en el artículo 1° la parte correspondiente a la Región Metropolitana por la siguiente:
Metropolitana Stgo.Centro Santiago Santiago
Pedro A. Cerda
San Miguel
San Joaquín
Stgo.Sur Santiago La Granja
La Cisterna
San Ramón
El Bosque
Lo Espejo
Maipo San Bernardo
Buin
Paine
Calera de Tango
Stgo.Oriente Santiago Ñuñoa
Providencia
Las Condes
La Reina
Vitacura
Lo Barnechea
Peñalolén
Macul
Stgo.Poniente Santiago Maipú
Quinta Normal
Renca
Pudahuel
Cerro Navia
Lo Prado
Estación Central
Cerrillos
Talagante Talagante Talagante
Peñaflor
El Monte
Isla de Maipo
Melipilla Melipilla
Curacaví
María Pinto
San Pedro
Alhué
Cordillera Cordillera Puente Alto
Pirque
San José de
Maipo
Santiago La Florida
La Pintana
Chacabuco Santiago Independencia
Recoleta
Huechuraba
Quilicura
Conchalí
Chacabuco Colina
Lampa
Til-Til
Artículo 2°: El Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, propondrá al Subsecretario de Educación (o al Jefe del Depatamento de Administración General) la reubicación del personal que se desempeña en los Departamentos Provinciales de Educación de la Región Metropolitana.
El personal que sufra cambios en su destinación deberá asumir, a partir del 1° de marzo de 1994, en estas nuevas destinaciones.
Anótese, tómese razón, publíquese e insértese en la Recopilación Oficial de la Contraloría General de la República.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Arrate Mac Niven, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted.- para su conocimiento.- Saluda a usted.- Julio Valladares Muñoz, Subsecretario de Educación.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 26-FEB-1994
|
26-FEB-1994 |
Comparando Decreto 52 |
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