MODIFICA D.S. Nº 135, DE 1978
Santiago, 25 de Agosto de 1983.- Hoy se decretó lo siguiente:
Núm 139.- Visto: El D.S. Nº 135 (V. y U.) de 1978, publicado en el Diario Oficial de 5 de Abril de 1978, que aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Consultores del Ministero de Vivienda y Urbanismo; el artículo 21 inciso cuarto de la Ley Nº 16.391, y las facultades que me confiere el número 8º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile.
Decreto:
Artículo único: Modifícase el D.S. Nº 135 (V. y U.), de 1978, publicado en el Diario Oficial de 5 de Abril de 1978, modificado por D.S. Nº 108 (V. y U.), de 1980, publicado en el Diario Oficial de 8 de Mayo de 1980, en el sentido de agregar a su artículo 2º los siguientes incisos:
"Con autorización escrita del Ministro de Vivienda y Urbanismo, se podrá asimismo eximir de la exigencia de inscripción en el Registro, en los casos de llamados a concursos públicos de proyectos de arquitectura de edificios tipo o de proyectos de obras para la atención de programas extraordinarios de radicación, erradicación o saneamiento de poblaciones, calificados como tales en la autorización que se otorgue.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, en el llamado a concurso público deberán establecerse siempre los requisitos profesionales que deberán acreditar los oponentes, sea que se trate de personas naturales o jurídicas.".
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República tomará razón del presente decreto en el plazo de cinco días.
Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Modesto Collados Núñez, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Dios Guarde a US.- Bernardo Garrido Valenzuela, Ministro de Fe.