CREA LA RESERVA NACIONAL MOCHOCHOSHUENCO, EN LA PROVINCIA DE VALDIVIA, DECIMA REGION DE LOS LAGOS
Núm. 55.- Santiago, 2 de Marzo de 1994.- Visto: el oficio ordinario N° 145, de 1994, de la Corporación Nacional Forestal; lo dispuesto en el Decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores 531, de 23 de Agosto de 1967, que previa aprobación del Congreso Nacional ordenó cumplir como Ley de la República la Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América, firmada en la ciudad de Washington el 12 de Octubre de 1940; lo prescrito por el artículo 19° N° 8 y N° 32°, N° 8° de la Constitución Política de la República de Chile, el DFL N° 294, de 1960, ley orgánica del Ministerio de Agricultura y
Considerando:
Que es función del Estado tutelar la protección de la naturaleza.
Que de acuerdo con lo establecido en el decreto N° 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se pueden crear reservas y utilizar bajo vigilancia oficial las riquezas naturales existentes en determinadas regiones para dar a la flora y la fauna toda la protección compatible con estos fines.
Que el área de las laderas de los volcanes Mocho y Choshuenco, comprendida entre los 39°52'50" y los 39°58'45" de Latitud Sur y de los 71°58'30" y los 72°06'52" de Longitud Oeste, posee valores paisajísticos relevantes para Chile y para la Provincia de Valdivia, los que deben ser protegidos de manera adecuada.
Que el Estado debe velar por la Conservación de las bellezas naturales, especialmente en aquellos lugares que presentan condiciones poco alteradas en su medio ambiente natural.
Que la reserva que se crea contribuirá al aumento de flujo turístico, fuente de importantes recursos para la Provincia de Valdivia y el país.
Que es necesario cautelar en esa área los ejemplares de avifauna silvestre en peligro de extinción.
Que los bosques que conforman la reserva se encuentran sin vigilancia oficial, siendo frecuente la introducción de terceros que extraen árboles con fines comerciales y destruyen el habitat de la fauna.
Decreto:
Primero: Créase la Reserva Nacional Mocho Choshuenco de una superficie aproximada de 7.536,50 hás., comprendida entre los 39°52'50" y los 39°58'45" de Latitud Sur y de los 71°58'30" y los 72°06'52" que comprende parte de las Comunas de Panguipulli, Futrono y Los Lagos y que corresponde al área de las laderas de los volcanes del mismo nombre, cuyos deslindes son los siguientes:
Noreste: Desde el río Truful en la curva de nivel 1.200 metros, sobre el nivel del mar (s.n.m.), según cartografía escala 1:50.000, del Instituto Geográfico Militar, se limita con el Fundo Choshuenco o Huilo-Huilo, rol Impuestos Internos 207-2 de la Comuna de Panguipulli. Este sector de la Reserva se identifica en el plano como Lote B.
Norte: Siguiendo por la curva de nivel 1.200, se continúa limitando con el predio Choshuenco o Huilo-Huilo, hasta el punto identificado como L, donde se forma un ángulo identificado como LIA de 13,56° centesimales, que pertenece a la Comunidad de Manuel Curilef, rol Impuestos Internos 207-2 de la Comuna de Panguipulli, y que por tanto se excluye de la Reserva Nacional.
Desde el punto A: originado por una línea recta imaginaria desde la cumbre del volcán Choshuenco, con una longitud de 2.919,50 metros, con un ángulo respecto del norte astronómico de 5,04 centesimales y por la curva de nivel 1.200, hasta el punto B, el predio limita con el Fundo Molco de roles del S.I.I. 207-3, 207-4 y 207-6, de la comuna de Panguipulli. Se identifica el sector como Lote C.
Noroeste: Desde el punto B, originado por una línea recta imaginaria identificada como IB, con una longitud de 3.235,77 m., con un ángulo de 369,22° centesimales con respecto al norte astronómico y el punto C; originado por una línea recta imaginaria identificada como IC, con una longitud de 2.933,50 m., con un ángulo de 318,98° centesimales con respecto al norte astronómico; se unen por la curva de nivel 1.200. Se identifica el sector como Lote D, y se limita con el Fundo Chanchán con rol del S.I.I. 207- 8, de la Comuna de Panguipulli.
La prolongación de la línea recta desde el punto C al D, con el mismo rumbo en 3.309,70 metros, origina un límite imaginario con el Predio Chanchán, hasta la intercepción de esta línea con el río Blanco, a una altura de 350 m.s.n.m. en el punto D.
Oeste: Desde el punto D, ya identificado, se asciende por el río Blanco hasta la curva de nivel 800, desde donde por líneas rectas sucesivas se conectan las alturas identificadas en las cartas IGM como cotas 1.296, 1.285; 1.210 (Cerro Chaiquemahuida) y 1.206, y finalmente en dirección Este a cota 1.215, hasta interceptar el río Blanco. Colindando en toda esta extensión con el Fundo Enco, enrolado en el S.I.I. con el N° 77-2 de la Comuna de Futrono. Corresponde este sector a parte del Lote E y todo el Lote G.
Sur Oeste: Desde la intercepción de la línea recta que llega de la cota 1.215 con el río Blanco, el límite sigue ascendiendo por el río en dirección Sureste, hasta conectar con la curva de nivel 1.500 y de allí por una línea recta al Noreste a la cota 1.732 y luego al este a la cota 1.685, donde se conecta con el punto G originado por una línea recta imaginaria HG, de la cumbre del volcán Choshuenco, de 4.582 m. de longitud y un ángulo con el norte astronómico de 224,75° centesimales; sigue luego hasta el punto K, originado por una prolongación de la recta HG en 1.445,46 m. y el mismo rumbo, donde en este punto coincide la curva de nivel 1.500. En toda la extensión se colinda con el Fundo Enco. Corresponde este sector al Lote H y parte del Lote F.
Sur-Sureste: Desde el punto K se limita con la curva de nivel 1.500 hasta el punto J, Punto originado por una línea recta imaginaria identificada como HJ de 3.673,58 metros de longitud, y con un ángulo de 166,34° centesimales, respecto del norte astronómico. Se colinda en este sector con el Fundo Arquilhue de rol del Servicio de Impuestos Internos 60-33 de la Comuna de Futrono. Corresponde este sector al lote F.
Este: Desde el punto J, el límite es la curva de nivel 1.500 de las cartas IGM, y hasta el nacimiento del río Truful a esa altura. Por el río Truful se desciende hasta la curva de nivel 1.200. Se colinda en este sector con el Fundo Pilmaiquén de rol del S.I.I. 60-18 de la Comuna de Futrono. Corresponde este sector al Lote A.
Segundo: Apruébase el plano de la Reserva Nacional Mocho-Choshuenco, el que quedará archivado en las Oficinas de la Corporación Nacional Forestal y del Ministerio de Agricultura.
Tercero: Los predios fiscales que forman parte de la Reserva Nacional Mocho-Choshuenco quedarán bajo la tuición, administración y manejo de la Corporación Nacional Forestal.
Anótese, tómese razón y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Juan Agustín Figueroa Yávar, Ministro de Agricultura.- Luis Alvarado Constenla, Ministro de Bienes Nacionales.- Patricio Rojas Saavedra, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Alejandro Gutiérrez Arteaga, Subsecretario de Agricultura.