AUTORIZA TRANSFERENCIA DE CONCESION QUE SEÑALA
Núm. 26.- Santiago, 20 de Diciembre de 1989.- Vistos:
a) Lo dispuesto en el Párrafo 1° del Título III y en la letra c) del artículo 14°, todos de la Ley No. 18.838:
b) Lo prescrito en el No. 2 de la letra B del artículo 5° de la resolución No. 1.050 de 1980 de la Contraloría General de la República: y
c) Lo solicitado por Televisión Nacional de Chile en su oficio Ord. No. 146 de 07 de Diciembre de 1989: y Considerando: Lo acordado por el H. Consejo Nacional de Televisión en su sesión ordinaria de fecha 13 de Diciembre del año en curso.
Resuelvo:
1) Autorízase a Televisión Nacional de Chile para transferir a la Sociedad Felipe Larraín y Compañía, RUT No.
79.956.880-2, la concesión para operar y explotar el Canal 4 de Televisión de libre recepción en la ciudad de Santiago.
2) La Sociedad adquirente, dentro del plazo de tres meses, contados desde la total tramitación de la presente resolución, deberá presentar el proyecto definitivo correspondiente a la estación adjudicada, incluyendo el plazo de iniciación de los servicios, el que no podrá exceder de 18 meses contados desde la total tramitación de esta resolución.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Alfonso Márquez de la Plata Yrarrázaval, presidente, Consejo Nacional de Televisión.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Miguel Angel Poblete Rodríguez, secretario general, Consejo Nacional de Televisión.