AUTORIZA FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE FORMACION TECNICA QUE INDICA
Núm.- 75 exento.- Santiago, 01 de Marzo de 1990.- Considerando:
Que, el representante legal de la Sociedad Educacional Educap Limitada o Educap Ltda., ha solicitado se autorice el funcionamiento de su institución por este Ministerio.
Que, formuladas las observaciones, éstas han sido subsanadas en tiempo y forma.- Visto: Lo dispuesto en el DL No. 3.541 de 1980, DFL No. 24 de 1981, DS No. 9.555 de 1980 y DS No. 1.080 de 1983, todos del Ministerio de Educación Pública y la Resolución No. 1.050 de 1980 de la Contraloría General de la República, dicto el siguiente:
Decreto:
Artículo 1°: Autorízase el funcionamiento al Centro de Formación Técnica Centro de Estudios Superiores Educap de Quillota, organizado por la Sociedad Educacional Educap Limitada, o Educap Ltda., cuyo fin es la docencia a nivel técnico para egresados de enseñanza media, en el área de Administración y Comercio.
Artículo 2°: Las carreras que imparta, los títulos que otorgue y las normas de evaluación, promoción y titulación, se aprobarán por resolución de la Subsecretaría de Educación Pública.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial con cargo interesado e inscríbase en el Registro de Centros de Formación Técnica.- René Salamé Martin, Ministro de Educación Pública.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Sixtina Barriga Guzmán, Subsecretaría de Educación Pública.