CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA SILVIA REYES BERRIOS
Santiago, 26 de Agosto de 1992.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.057.- Visto: Lo dispuesto en el Art. 32° No. 13, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley No. 18.056, el Informe favorable emitido en reunión de fecha 06 de Agosto de 1992, de la Comisión Especial, creada por decreto supremo No. 1.928, de 1981, de Interior, y Considerando: Que doña Silvia Reyes Berríos, se encuentra en la situación prevista en el Art. 2° letra c), de la Ley No.
18.056,

Decreto:

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Silvia Reyes Berríos, una pensión equivalente al 50% de un ingreso mínimo mensual, debiendo considerarse que el monto del ingreso mínimo para estos efectos, es aquel a que hace referencia el inciso 1° del artículo 5 de la Ley No. 18.647, que se emplea para fines no remuneracionales.
El gasto que demande el presente decreto supremo, se imputar al Item "Jubilaciones, Pensiones y Montepíos", del Programa Operaciones Complementarias del Presupuesto vigente del Tesoro Público.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.