Decreto 68
Decreto 68 COMPLEMENTA CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO
MINISTERIO DE HACIENDA
COMPLEMENTA CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO
Núm. 68.- Santiago, 26 de Enero de 1994.- Visto: lo dispuesto en los artículos 16 y 70 del DL N° 1.263, de 1975 y el Decreto de Hacienda N° 1.256, de 1990 y sus modificaciones.
Decreto:
Modifícase el decreto de HACIENDA 1.256, de 1990, en los términos que se indican:
En su N° 3 EN EL CLASIFICADOR DE INGRESOS En el subtítulo 07:
Suprímese, en la definición del ítem 71 la expresión "públicas Intercálase, en la conceptualización del ítem 79 Otros, a continuación de la expresión "legados", lo siguiente: "garantías, costas dispuestas en el artículo 9° del D.F.L. (Hda.) N° 1, de 1993.".
EN EL CLASIFICADOR DE GASTOS En el subtítulo 21, ítem 03, asignación 005:
Sustitúyese, la definición del concepto Dieta a Juntas, Consejos y Comisiones, por la siguiente: "Son las retribuciones por concepto de asistencia a Juntas, Consejos, Comisiones y comprende, además, los pagos por concurrencia a fallos, audiencias, reniones y sesiones, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Excluye los pagos derivados de la aplicación de los artículos 76 y 39 de las leyes N°s. 18.695 y 19.175, respectivamente".
En el Subtítulo 25, ítem 31 Incorpórase, en la definición del concepto Devoluciones, a continuación de la expresión "de retenciones," lo siguiente: "de garantías,".
Agréganse, al final de la definición correspondiente a Salas Cunas y/o Jardines Infantiles, los siguientes conceptos:
"Desembolsos Ley N° 18.695 Comprende los gastos por concepto del pago a los concejales de la asignación establecida en el artículo 76 de la ley N° 18.695.
"Desembolsos Ley N° 19.175 Comprende los gastos por concepto del pago de la asignación establecida en el artículo 39 de la ley N° 19.175, y de los pasajes y viáticos a los consejeros, de acuerdo con lo dispuesto en dicho artículo".
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 15-FEB-1994
|
15-FEB-1994 |
Comparando Decreto 68 |
Loading...