MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 172 exento.- Pedro Aguirre Cerda, 13 de febrero de 1992.- Vistos: lo dispuesto por el artículo 43° del Decreto Ley No. 3.063 de 1979, sobre Renta Municipales; artículos 10°, 11° letra b) y 55 de la Ley No. 18.695; artículo 5° transitorio del mismo cuerpo legal, y la Ordenanza No. 001 sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios, aprobada por Decreto Exento No. 043, de 31 de Diciembre de 1991;

Decreto:

Modifícase la Ordenanza sobre Derechos  Municipales, en los términos que a continuación expresan:
a.- Agrégase al artículo 8°, TITULO IV, lo siguiente:
4. Automóviles Station Wagons, Camionetas, Furgones, Remolques de hasta 1.750 kgs, Casas Rodantes, por vehículo 4 UTM
5. Terminales de locomoción colectiva, por vehículo  4 UTM
Estarán exentos del pago de los derechos establecidos en este artículo, los vehículos pertenecientes a Corporaciones que no persigan fines de lucro.
b) Agrégase al artículo 9°, TITULO IV, lo siguiente:
19. Placa provisoria de carros y remolques, incluye costo
de duplicado de placa                              20% UTM
20. Empadronamiento de carros de mano y vehículos
de tracción animal                                15% UTM
21. Permiso a Escuelas de Conductores para
practicar; por semestre y por vehículo              2 UTM
22. Permiso para cuidadores de vehículos en vía
pública; anual                                    20% UTM

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Juan Saavedra Gorriateguy, Alcalde. Marta E. Patricia Quilodrán Salgado, Secretaria Municiapal.
Lo que comunico para su cumplimiento y demás fines.- Saluda atentamente a usted. Marta E. Patricia Quilodrán Salgado, Secretaria Municipal.