DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE, LA QUE SEÑALA

Santiago, 16 de Mayo de 1991.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 383.- Visto: Lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización por oficio No. 9.360-400 de 1990; lo informado por el Departamento Programas sobre el Ambiente del Ministerio de Salud mediante Memorándum No. 3H/1.531 de 1990; y, teniendo presente lo dispuesto en el decreto ley No. 2.763 de 1979,

Decreto:

Artículo 1°.- Declárase Norma Chilena Oficial de la República de Chile, la siguiente:
NCh 1377 Gases comprimidos - Cilindros de gas para uso industrial - Marcas para identificación del contenido y de los riesgos inherentes.

Artículo 2°.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial, siendo su costo de cargo del Instituto Nacional de Normalización. El texto íntegro de la norma será publicado en documentos oficiales del mencionado Instituto. A contar de la fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial, la norma individualizada en el artículo 1°, se denominará como sigue:
NCh 1377. Of 90 Gases comprimidos - Cilindros de gas para uso industrial - Marcas para identificación del contenido y de los riesgos inherentes.

Artículo 3°.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dicha norma, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además; proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio de Salud.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Jiménez de la Jara, Ministro de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.-
Dr. Patricio Silva Rojas, Subsecretario de Salud.