MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS  MUNICIPALES
    Núm. 2- Renaico, 13 de enero de 1998.- Vistos:
    a).- Lo establecido en el D.L. Nº 3.063 sobre Rentas Municipales.
    b).- El Acuerdo Nº 48 de fecha 24 de diciembre de 1997, del Concejo Municipal de Renaico.
    c).- La necesidad de efectuar adecuaciones e incorporar nuevos Derechos Municipales.
    d).- Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.

    D e c r e t o:

    1.- Efectúese la siguiente modificación a la Ordenanza Municipal de Renaico, de fecha 2 de enero de 1991, en la forma que a continuación se indica:


a).- En el Título IV, Artículo 9º punto 2
    Tendido de Fondas y Ramadas 30% UTM.
b).- Título V, artículo 10 punto 8
    Derechos por extracción de áridos y otros materiales, en Bienes Nacionales de uso Público, por m3 2% UTM.
c).- Título VI, Artículo 12 punto 4
    Propaganda con altoparlante estacionada o móvil diario 5% UTM.
d).- Título VIII, Artículo 16º Punto 2
    Derecho de sepultación adultos mayores de 10 años 20% UTM.
e).- Título VIII, Artículo 16º Punto 3
    Derecho de sepultación menores de 10 años 10% UTM.
f).- Título IX, Artículo 10º Punto 3
    Alteraciones, reparaciones, obras menores y provisorias 1% UTM. diario
g).- Título IX, Artículo 18º Punto 16
    Los sitios baldíos deberán mantener los cierros a la calle en perfectas condiciones de 4 a 10 UTM. mensual h).- Título X, Artículo 19º Punto 1
    Valor guías de libre tránsito para animales 1% UTM.
i).- En el Título IV, Artículo 9º se agrega el Punto Nº 15 Derecho de estacionamiento de locomoción colectiva en la vía pública el m2 mensual 2% UTM.
j).- En el Título VI, Artículo 12º se agrega el Punto Nº 5 Propaganda con altoparlante, en vehículo estacionado o móvil mensual 1,5 UTM.
k).- En el Título VII, Artículo 14º se agrega el Punto Nº 5 Ambulante ocasional en vehículo, diario 10% UTM.

    2.- Las presentes modificaciones empezarán a regir a contar de su publicación en el Diario Oficial de la República.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile, transcríbase a los diferentes Departamentos Municipales y archívese.- Santiago Morales Velásquez, Alcalde.- Carlos Aguirre Pineda, Secretario Municipal (S).