Artículo 60.- Las bases generales del sistema de exención de pago deberán establecer criterios y procedimientos objetivos y transparentes para la selección de los beneficiarios, así como para la calificación socioeconómica de los alumnos y su grupo familiar.
A lo menos las dos terceras partes de las exenciones resultantes de la aplicación del sistema de becas, deberán otorgarse atendiendo exclusivamente a las condiciones socioeconómicas de los alumnos y su grupo familiar, las que serán calificadas por el sostenedor, conforme a lo que establezca el reglamento interno.