NOMINA DE ARMADORES INDUSTRIALES Y EMBARCACIONES HABILITADOS PARA REALIZAR ACTIVIDADES PESQUERAS EN LA UNIDAD DE PESQUERIA DE MERLUZA DEL SUR DEL ARTICULO 1º LETRA G) DEL DECRETO Nº 354, DE 1993, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCION QUE INDICA

    Núm. 1.858.- Valparaíso, 31 de diciembre de 1997.- Visto: Lo informado por la División de Desarrollo Pesquero de esta Subsecretaría en Memorándum Nº 623 del 30 de diciembre de 1997; lo dispuesto en el D.F.L. Nº 5 de 1983; el D.S. Nº 354 de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el artículo 22 del D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido de la Ley 18.892 sobre Pesca y Acuicultura; la Resolución Nº 909 de 1997, de esta Subsecretaría.

R e s u e l v o:

    1.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22 del D.S. Nº 430 de 1991, en relación con el artículo 1º, letra g) del D.S. Nº 354 de 1993, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, la nómina de armadores y embarcaciones que cumplen con los requisitos legales para operar en la unidad de pesquería de Merluza del sur Merluccius australis, declarada en estado de plena explotación y sometido a dicho régimen de administración, en el litoral comprendido entre el paralelo 47º L.S. y el paralelo 57º L.S., en el área señalada en sus respectivas autorizaciones, al 30 de junio de 1997, es la siguiente:

Empresa de Desarrollo Pesquero de Chile S.A.: Unzen; Pesquera Friosur S.A.: Friosur VI, Friosur VII, Friosur VIII;
Pesca Chile S.A.: Betanzos, Chomapi Maru, Cote Saint Jacques, Pedrosa, Puerto Ballena, Faro de Hércules; Pesca Cisne S.A.: Cisne Blanco;
Sarpesca S.A.: Puyuguapi;
Pesquera Yelcho S.A.: Gualas.

    2.- Déjase sin efecto la Resolución Nº 909, de 1997, de esta Subsecretaría, en virtud de lo dispuesto en la presente Resolución.

    Anótese, regístrese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Juan Manuel Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca.