PRORROGA PLAZO DE POSTERGACION DE PERMISOS POR APLICACION DEL ARTICULO 117° DEL D.F.L. Nº 458-75 EN SECTOR DEL BORDE COSTERO DE
VIÑA DEL MAR

Valparaíso, 27 de abril de 1990.- Con esta fecha se ha dictado la siguiente:
Núm. 4.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 2° de la Ley 16.391-65 y 12° del DL No. 1.305 de 1976; el DS No. 397 (V. y U.) de 1977 el Artículo 117° del DFL No. 458-75 (V. y U.), Ley Gene ral de Urbanismo y Construcciones, modificado por la Ley No. 18.738-88; el DS No. 180 (V. y U.) del 07.10.88 que nombra Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo en la V Región; el Decreto Alcaldicio No. 257 del 31.01.90; el Ord. No. N-09 de fecha 27.04.90 de la Unidad de Desarrollo Urbano e Infraestructura y los demás antecedentes que se acompañan;

Resuelvo:

1° Prorrógase por un lapso de 9 meses hasta completar el máximo de 12 meses que contempla el Artículo 117° del DFL No. 458-75, los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en la zona del litoral marítimo de la comuna, comprendida entre la bajada El Sauce sector Curva de Los Mayos y la desembocadura del Río Aconcagua, sector Concón, todo de conformidad a lo señalado en el informe técnico y plano No. 1 confeccionado a escala 1:10.000 por la I. Municipalidad de Viña del Mar, que se acompañan.
2° Publíquese el texto íntegro de la presente Resolución en el Diario Oficial y en algún diario de los de mayor circulación de la comuna.

Tómese razón, comuníquese, transcríbase, publíquese y archívese.- María Angélica Carrasco Díaz, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo V Región.