CONFIERE PATROCINIO OFICIAL DEL GOBIERNO DE CHILE Y APORTE ECONOMICO AL LXIII CONGRESO CHILENO INTERNACIONAL DE CIRUGIA
Núm. 7.- Santiago, 10 de Enero de 1990.- Visto: Estos antecedentes; lo dispuesto en el decreto supremo No. 12, de 1985, del Ministerio de Salud; y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile, y Considerando: Que la Sociedad de Cirujanos de Chile, ha solicitado el patrocinio oficial del Gobierno de Chile y un aporte económico para la realización del LXIII Congreso Chileno e Internacional de Cirugía, el que se llevará a efecto en la ciudad de La Serena en el mes de Noviembre de 1990. Que dicha entidad goza de personalidad jurídica, otorgada mediante Decreto Supremo No. 4039, de fecha 29 de agosto de 1949, del Ministerio de Justicia.
Decreto:
1°.- Confiérese el patrocinio oficial del Gobierno de Chile al LXIII Congreso Chileno e Internacional de Cirugía, organizado por la Sociedad de Cirujanos de Chile, el que tendrá lugar en la ciudad de La Serena en el mes de Noviembre de 1990.
2°.- Destínase a la citada entidad la suma de $ 200.000.-
(Doscientos mil pesos) con cargo al Item 31-002 Organización de Congresos Internacionales", del presupuesto del Ministerio de Salud, con el fin de que sean invertidos íntegra y exclusivamente en el financiamiento del evento mencionado en el No. 1, de este decreto.
3°.- La Sociedad Chilena de Cirujanos de Chile, rendirá cuenta documentada al Ministerio de Salud, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la realización del referido evento, en conformidad a lo dispuesto en la Circular No.
70.490, de 06 de Octubre de 1976, de la Contraloría General de la República.
4°.- La persona responsable de la inversión de los fondos, que se destinan a dicha Sociedad, deberá rendir caución de conformidad con lo prescrito en los artículos 68 y siguientes de la ley No. 10.336 Orgánica de la Contraloría General de la República.
5°.- Dentro de los quince días siguientes a la finalización del Congreso la entidad organizadora deberá comunicar al Ministerio de Salud los trabajos científicos que se hayan presentado o las conclusiones a que la reunión haya dado lugar.
Anótese, refréndese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Dr. Augusto Schuster Cortés, Ministro de Salud subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.-
Dr. Alberto Vignau Irigoin, Subsecretario de Salud (S).