Artículo Decreto 30, TRABAJO
Art. único, Nº 21)
D.O. 23.11.2021
74º.- Corresponderá a la Superintendencia administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo, en los términos establecidos en la letra g) del artículo 2º de la ley Nº 16.395.