EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 59 EXENTA, DE 1998, QUE ASIGNA CONCESION QUE INDICA
Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 59 de 13.01.98, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al 1er. Cuatrimestre de 1997, a la Sociedad Comunicaciones Rapel Limitada, R.U.T. 78.760.700-4, con domicilio en Avda. José Miguel Carrera Nº 325, Oficina Nº 11, Las Cabras, VI Región, una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Pichidegua, VI Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia Máxima : 250 Watts.
- Frecuencia : 95,3 Mhz.
- Restricción : Debido a la posibilidad de
interferencias, es
necesario disminuir la
altura del centro de
radiación de la antena de
55,26 m., informado en el
proyecto técnico, a un
máximo de 28 m.
La antena omnidireccional
informada en el proyecto
técnico deberá cambiarse
por una antena directiva
debido a la posibilidad de
interferencias.
- Sistema radiante : Antena directiva de
ganancia máxima no
superior a 8 dBd, con
ángulo de abertura que no
exceda los 100°, razón
frente-atrás no inferior a
8 dBd, y con un azimut de
radiación máxima de 315°.
- Ubicación de los estudios : Edificio Cuarto Centenario
(Independencia s/n°),
Pichidegua, VI Región.
- Coordenadas geográficas : 34°21'18" Latitud Sur
70°16'45" Longitud Oeste.
- Ubicación de la planta
transmisora y sistema
radiante : Cerro Bari, Pichidegua, VI
Región.
- Coordenadas geográficas : 34°22'45" Latitud Sur
71°17'31" Longitud Oeste.
El radioenlace estudio-
planta será de 10 Watts de
potencia, con la ganancia
de la antena de 10,14 dBi.
Los plazos para el inicio y término de la construcción de las obras, así como para el inicio del servicio, serán los que se indican a continuación:
Inicio de Obras: 20 días; Término de Obras: 90 días; Inicio de Servicio: 120 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del Decreto que otorgue la concesión.
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A de la Ley Nº 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones), a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 59 de 13.01.98, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-
Subsecretaría de Telecomunicaciones.