CONCEDE PERSONALIDAD JURIDICA Y APRUEBA ESTATUTOS A "FUNDACION DE MENORES SAN ANTONIO", DE SANTIAGO
Santiago, 9 de Enero de 1989.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 21.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo N° 110, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979 y lo informado por el señor Intendente de la Región Metropolitana y por la señora Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores, y Considerando: Que la entidad denominada "Fundación de Menores San Antonio", debe contar a la brevedad con el beneficio de la personalidad jurídica, para dar cumplimiento a sus finalidades, destinadas a colaborar con organismos e instituciones públicos, municipales y privados en la atención cuidado y formación de menores abandonados o en situación irregular, propendiendo a su integración normal a la sociedad y a núcleos familiares, lo cual constituye un fundamento suficiente y calificado para concedérsela en los términos previstos en el inciso tercero del artículo 23 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica,
Decreto:

1.- Concédese personalidad jurídica a la entidad denominada "Fundación de Menores San Antonio", que podrá usar el nombre de "Fundación San Antonio", o la sigla "FUMESAN", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.
2.- Apruébanse los estatutos por los cuales se ha de regir la citada entidad en los términos de que da testimonio la escritura pública de fecha 27 de septiembre de 1988, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Gastón Iván Santibáñez Soto.
3.- La fundación cuya personalidad jurídica se concede por este decreto, deberá dar cumplimiento a las disposiciones del decreto ley N° 349, de 1974, y sus modificaciones;
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Hugo Rosende Subiabre, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Daniel Munizaga Munita, Subsecretario de Justicia subrogante.