ESTABLECE MODIFICACIONES AL SORTEO Y CONCURSO SEMANAL DE BOLETAS DE VENTAS Y SERVICIOS QUE INDICA

Núm. 303.- Santiago, 10 de Octubre de 1989.- Vistos: La facultad que me confiere la letra a) del artículo 7°, de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley No. 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, publicada en el Diario Oficial del 15 de Octubre del mismo año; lo establecido en la Resolución No. 197, de 1989, de este Servicio, que contiene el Reglamento del Sistema de Sorteo Semanal de Boletas de Ventas y Servicios, y Concurso Televisivo, y
Considerando:

1°) Que el Sistema de Sorteo Semanal de Boletas de Ventas y Servicios y Concurso Televisivo "La Tomboleta", tiene por objeto básico y fundamental inducir a los consumidores a solicitar las boletas y/o comprobantes de máquinas registradoras autorizadas al momento de efectuar sus compras;
2°) Que conforme a la letra a) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, el Director tiene atribuciones para promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias mediante el establecimiento de sistemas de premios o incentivos al público en general, en la forma que estime conveniente y sin sujeción a otra limitación que las disponibilidades presupuestarias 3°) Que conforme al desarrollo que han tenido los sorteos y concursos desde su establecimiento, se estima necesario adecuar, en la forma más conveniente, los requerimientos de los medios televisivos y las necesidades propias del Sistema de Sorteos y Concursos
4°) Que en los últimos meses del año aumentan las ventas del comercio que expende sus productos y servicios directamente al consumidor, siendo adecuado, por tanto, incentivar de un modo especial al público para que, en el referido período, los compradores exijan el otorgamiento de, las referidas boletas de ventas y servicios;
5°) Que se ha estimado conveniente y necesario modificar en forma temporal y excepcional el Sistema de Sorteo Semanal de Boletas de Ventas y Servicios, de modo que los interesados cuyos sobres conteniendo boletas que se reciban de la Empresa de Correos de Chile a contar del 08 de Noviembre de 1989, participen en un Unico Sorteo y Concurso Televisivo Especial, que se realizará a fines del presente año, con características especiales que le den gran atracción y consultando premios extraordinarios, todo ello dentro de los márgenes de las disponibilidades con que cuenta el Servicio para tal efecto:

Resuelvo:


1°.- Los sobres remitidos por los interesados en participar en el Sorteo de Boletas de Ventas y Servicios, que se reciban de; la Empresa de Correos de Chile a contar del 08 de Noviembre de 1989, se guardarán y acumularán para un Sorteo Unico y un Concurso Televisivo Especial a realizarse, salvo impedimento, el día 26 de Diciembre de 1989, suspendiéndose la extracción semanal de 250 sobres, y 22 sobres de reemplazo, a que se refieren los artículos 7° y 8° de la Resolución No. 197, de 1989, durante el período comprendido entre las fechas señaladas;
2°.- Como consecuencia de lo anterior, suspéndese a contar del 08 de Noviembre de 1989, el otorgamiento semanal de los 246 premios en dinero a que se refiere el inciso 2° del artículo 7° de la Resolución No. 197, de 1989; la selección de concursantes para participar en el Concurso y Programa Televisivo "La Tomboleta", a que se refieren los artículos 7° y 10° de la Resolución No. 197, de 1989 y la determinación del contribuyente emisor a que se refiere el artículo 20° de esa misma Resolución, que hubiere correspondido efectuar desde esa fecha y hasta antes del Sorteo y Concurso Especial, sin perjuicio de que continúen realizándose y exhibiéndose los concursos en que participen las personas ya seleccionadas en los sorteos realizados con anterioridad, en atención a requerimientos de los medios de difusión televisivos;
3°.- El día 26 de Diciembre de 1989, salvo impedimento, en cuyo caso se realizará inmediatamente después de superado éste, se llevará a efecto un Unico Sorteo Especial de Boletas de Ventas y Servicios en el cual participarán todos los sobres conteniendo boletas y/o vales de cajas registradoras que se reciban de la Empresa de Correos de Chile desde el 08 de Noviembre y hasta el 25 de Diciembre de 1989. Este sorteo se regirá por las normas establecidas en la Resolución No. 197, de 1989, con las siguientes modificaciones:
a) Del total de sobres acumulados durante el período indicado anteriormente se extraerán al azar 1.000 sobres, cumpliéndose al efecto las formalidades indicadas en los artículos 6°, 7°, 8° y 9° de la Resolución No. 197, de 1989.
b) De los 1.000 sobres extraídos se seleccionarán al azar 4 sobres, cuyos remitentes participarán en el concurso televisivo que se ceñirá a las normas del artículo 10° y siguientes de la Resolución No. 197, de 1989, con las particularidades que se indicarán en la letra g), en cuanto al monto y naturaleza de los premios.
c) Los titulares de los 996 sobres restantes tendrán derecho a los siguientes premios: 11 televisores en color, con un valor unitario no inferior a $ 50.000.- ni superior a $ 70.000.-; 15 equipos de sonido, con un valor unitario no inferior a $ 40.000.- ni superior a $ 60.000.-; 30 radio cassettes, con un valor unitario no inferior $ 15.000.- ni superior a $ 25.000.-; 40 equipos de sonido personales estereofónicos, con un valor unitario no inferior a $ 10.000.- ni superior a $ 16.000.-, y 900 cheques de $ 10.000, cada uno, de acuerdo a la mecánica que se indicará en la letra e) siguiente.
d) De igual manera a la señalada en la letra a) precedente se extraerán 150 sobres de reemplazo para sustituir en la forma descrita en la letra f), a alguno de los favorecidos que no reuniere los requisitos establecidos para optar a premio, conforme a las normas de la Resolución Nº 197, de 1989; 2 de los cuales se separarán para posible reemplazo de alguno de los concursantes seleccionados para el programa televisivo, a que se refiere la letra b) precedente.
e) Para los efectos de establecer el premio a que se hará acreedor cada uno de los remitentes de los sobres seleccionados, el Ministro de Fe introducirá en un receptáculo los 996 sobres restantes a que se refiere la letra c) precedente, del cual los extraerá al azar uno a uno numerándolos y asignándole a cada uno de los 11 primeros extraídos el premio de un televisor, a cada uno de los 15 siguientes extraídos el premio de un equipo de sonido, a cada uno de los 30 siguientes extraídos el premio de una radio cassette, a cada uno de los 40 sobres siguientes extraídos el premio de un equipo de sonido personal estereofónico, y los restantes sobres que queden en el receptáculo tendrán derecho cada uno a un premio de $ 10.000.
f) En otro receptáculo, y previamente identificados por el Ministro de Fe, se contendrán los 148 sobres de reemplazo restantes, los que se extraerán al azar y numerarán en orden correlativo a fin de establecer la precedencia en optar a los posibles reemplazos de los sobres que se verifique que no cumplen con los requisitos para participar, la que se ejercerá en el mismo orden en que se hayan extraído y signado los premios a los titulares a quienes reemplazarán.
g) Los titulares de los 4 sobres seleccionados conforme a la letra b) precedente, o los reemplazantes en su caso, participarán en un Unico y Especial Concurso Televisivo, que se exhibirá el día 30 de Diciembre de 1989, y en el cual optarán a los siguientes premios:

- Un automóvil nuevo de un valor no superior a $ 2.500.000.
- Un automóvil nuevo de un valor no superior a $ 1.900.000.
- Un premio de $ 1.000.000.- en dinero efectivo.
- Un premio de $ 500.000.- en dinero efectivo.

Dichos premios se distribuirán y entregarán en base a la normativa del programa televisivo. Además, se seleccionará a través de un procedimiento aleatorio a un ganador de un Gran Premio que consistirá en una casa cuyas características y valor fueron fijados por Resolución No. Ex. 2276, de 29 de Agosto de 1989, y mobiliario con un valor de hasta $ 1.000.000.-, o en una suma de dinero equivalente, que se fija en la suma total de $ 4.976.638.- (cuatro millones novecientos setenta y seis mil seiscientos treinta y ocho pesos).
4°.- Se premiará con la cantidad de $ 200.000.- (doscientos mil pesos) al emisor de la boleta que se seleccione en esa ocasión, según el procedimiento del artículo 20° de la Resolución No. 197, de 1989.
5°.- A fin de garantizar la debida seguridad de los contenedores o valijas postales entregadas por la Empresa de Correos, en que estén acumulados los sobres remitidos por Correos desde el 08 de Noviembre de 1989, y hasta el 25 de Diciembre de 1989, éstos se depositarán semanalmente en una bodega cerrada, de un Almacén Warrants o similar que designe el Director del Servicio de Impuestos Internos. Un Notario Público, el Secretario General del Servicio y un Auditor certificarán el ingreso y posterior retiro de las valijas o contenedores, verificarán su seguridad durante su permanencia en el almacén, harán un inventario de ellas y levantarán Acta de estas actuaciones y circunstancias.
6°.- En todo lo demás, este único sorteo y concurso especial se regirá por las normas contenidas en la Resolución No. 197, de 1989, y aquellas que la complementan.
7°.- Con posterioridad al 26 de Diciembre de 1989, los sorteos de boletas de ventas y servicios y concurso televisivo "La Tomboleta", volverán a llevarse a efecto en conformidad a las normas establecidas por la Resolución No. 197, de 1989, y las que la complementan y, en consecuencia, los sobres que se reciban de la Empresa de Correos de Chile a contar del 26 de Diciembre de 1989, participarán en el siguiente sorteo semanal ordinario que corresponda efectuar el día 02 de Enero de 1990, y así sucesivamente.

Tómese razón, anótese y publíquese.- Francisco Fernández Villavicencio, Director.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y demás fines.- Saluda a Ud.- Carlos Villarroel González, Secretario General.